No acató las medidas restrictivas respecto a su pareja y fue condenado sin prisión

La alerta emitida por operadores de DIMOE del CCUD derivó los móviles hasta arroyo Paso de la Azotea, sitio donde se encontraba el ofensor junto a la víctima de 21 años, ella sin portar su dispositivo de monitoreo.
Ambas personas se encontraban en buen estado de salud, siendo llevados hacia la unidad especializada de acuerdo lo establecido en el protocolo de actuación.
Cumplidas las instancias correspondientes ante la sede de la doctora Marlene Canosa, desde el Juzgado de 4to Turno se emitió la condena de R.A.T.B como autor penalmente responsable de un delito de desacato especialmente agravado a la pena de tres meses de prisión bajo libertad a prueba, obligado a residir donde sea posible la supervisión, sujeción a la orientación y vigilancia por parte de la DINAMA.
Además tendrá que presentarse en la seccional policial de su domicilio una vez por semana, prestar servicios comunitarios, una vez por semana, durante dos horas por el plazo de la condena, manteniendo por 180 días luego de finalizada la pena la prohibición de comunicación y acercamiento por cualquier tipo de medio en un radio de 500 metros respecto a la víctima.
Este sujeto, que mantenía las medidas desde septiembre del 2025, posee un antecedente penal por un delito de porte y tenencia de arma de fuego en lugares públicos.
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