Jefatura de San José

Un adolescente detenido en operativo de control vehicular en zona II, fue formalizado

En un Operativo de control vehicular y de identificación de personas, Policías de Zona II y Guardia Republicana detuvieron a un menor que llevaba entre sus ropas un arma de fuego. Fue formalizado por la justicia de Libertad y se dispuso como medida cautelar, ciento veinte días de prisión domiciliaria total
Incautación realizada en Operativo de Ciudad del Plata

En la madrugada del Domingo 21 de Enero, Policías de Zona II y Guardia Republicana en Operativo de Control Vehicular realizado con los Inspectores de Tránsito de la ISJ en Rambla Costanera y Av. Rio de la Plata, en una identificación de tres masculinos que circulaban a pie por el lugar, éstos no acatan la orden de los Efectivos y uno de ellos sale corriendo, siendo interceptado y detenido con apoyo de otras dotaciones debido a la cantidad de personas que se encontraban en el lugar. En el momento de la identificación se le cae de entre sus ropas un arma de fuego tipo revólver calibre 22 largo con tres cartuchos sin detonar. El adolescente de 17 años fue trasladado a la Dependencia Policial, donde quedó a disposición de la Fiscalía Letrada de Libertad. Se dispuso: mantener la detención, designar defensa, relevamiento del arma y municiones, indagatoria y posterior conducción a la Sede. Se realizaron las coordinaciones con personal de INAU.

Cumplidas las instancias en la Fiscalía y Juzgado Letrado de 3er. Turno, se resolvió tener por Formalizada la investigación seguida por la Fiscalía Letrada de Segundo Turno contra el adolescente E.S.S de 17 años, por la presunta comisión de una infracción grave a la ley penal prevista en el Código Penal como un Delito de Tráfico Interno de Armas de Fuego y Municiones en Reiteración Real con un delito de Porte de Arma de Fuego en lugar público.

Asimismo se dispuso por DECRETO Nº 7/2024 en el que se resuelve:

como medida cautelar: la prisión domiciliaria total por el plazo de ciento veinte días del adolescente con cese automático el día de su vencimiento cometiéndose a la oficina actuaria su liquidación, salvo nueva disposición en contrario”.

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