Condena por delitos relacionados a violencia doméstica y daño a dispositivo de monitoreo electrónico

En la madrugada del 5 de noviembre, policías de la Unidad de Respuesta Policial Móvil (URPM) de la Zona Operacional II, concurrieron a la calle Román Guerra, del centro de Maldonado, donde una persona que se encontraba monitoreada con dispositivo electrónico, se había alejado del mismo, por lo que se procedió a su intervención.
Una vez intervenida, la mujer de 30 años, no pudo justificar el porque se había alejado del dispositivo, dando versiones de que una persona le había sustraído el mismo, por lo que fue derivada a la Comisaria Especializada en Violencia de Género de Maldonado.
Una vez en esa dependencia, se constató que en las ultimas semanas, la misma había incumplido en reiteradas ocasiones el mandato judicial de no acercarse a un familiar con quien tenía orden de restricción por casos de violencia doméstica, además de que había sido intervenida en otras ocasiones por retirarse o dañar el dispositivo de monitoreo (tobillera).
Enterada la fiscalía letrada de 1.° turno, especializada en violencia domestica y de género de San Carlos, dispuso que la misma permaneciera detenida y fuera conducida al juzgado letrado de 1.° instancia especializado en violencia doméstica y de género.
El 5 de noviembre, se celebró audiencia, donde se dispuso la condena de la misma como autora penalmente responsable, de 3 delitos de retiro o destrucción de medios o dispositivos de monitoreo electrónico y reiterados delitos de desacato, todos en régimen de reiteración real, a la pena de diez (10) meses de prisión, a cumplirse en régimen de libertad a prueba, que se cumplirá bajo las siguientes condiciones:
1) Cinco meses de arresto domiciliario total.
2) Cinco meses de arresto domiciliario nocturno de 2300 a 0600.
3) a- Residir en un lugar determinado donde pueda ser supervisada por la DI.NA.M.A.. b- Someterse a la orientación y sujeción de la referida oficina. c- Presentarse una vez a la semana en la seccional de su domicilio. d- Prestar servicio comunitario hasta dos horas semanales.
4) Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, en un radio de 500 metros por la duración de la condena.
5) Someterse a un tratamiento para el consumo problemático de sustancias.
6) Uso de dispositivo de monitoreo, de forma unilateral.
7) Se le imponga a la imputada la pena accesoria equivalente a 20 Unidades Reajustables.
