Cuatro detenidos en San José, uno fue condenado y otro formalizado

Los efectivos concurrieron a la Plaza 4 de Octubre de San José de Mayo, en la madrugada del Domingo 4 de Mayo. Allí un hombre manifestó a los actuantes que un grupo de masculinos lo habían agredido a él y a sus amigos a la vez que le rompieron una moto y le hurtaron una botella de bebida y un parlante.
Dos de los agresores fueron intervenidos por los Policías de URP cuando se retiraban del lugar y trasladados a la Seccional 1ra., recuperándose el parlante que estaba en el suelo.
En forma simultánea, en el mismo lugar otro de los intervinientes fue detenido por Policías del GRT y el restante involucrado fue detenido al momento que trataba de huir por calle Treinta y Tres, llevando consigo la botella de bebida anteriormente sustraída.
El relevamiento del vehículo dañado estuvo a cargo de Policía Científica.
Una de las víctimas resultó lesionado y fue asistido en el Hospital Local, donde se le diagnosticaron lesiones leves.
Efectivos de la Seccional 1ra y Dpto de Análisis Criminal continuaron las actuaciones dispuestas por la Fiscalía del caso.
El 5 de Mayo, dos de los detenidos recuperaron la Libertad y los restantes fueron conducidos a la sede fiscal y posteriormente al Juzgado Letrado de San José de 5to. Turno, donde se formalizó la investigación respecto de Fernando Ezequiel Ríos Correa de 22 años, con antecedentes penales, por la presunta comisión de dos delitosde rapiña especialmente agravada en régimen de reiteración real y en grado de tentativa una de ellas en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de lesiones personales y un delito de daño, en calidad de autor.
Y respecto de E.M.R.P, por la presunta comisión de dos delitos de rapiña especialmente agravada en régimen de reiteración real y en grado de tentativa en calidad de co autor, ambas formalizaciones se fundan en lo establecido en los Arts. 1,3,5,18,54,56,60 Nal y 1,316,341.2 y 4.344 y 358 del Código Penal.
Asimismo por Sentencia Nº 45/2025 se condeno a Fernando Ezequiel Ríos Correa, por los mismos delitos por los que fue formalizado, a una pena de DOS AÑOS de penitenciaria de cumplimiento efectivo con descuento del tiempo de detención sufrido, siendo de su cargo las prestaciones accesorias de rigor. (Art. 105 Lit. E del CP)
Por Sentencia interlocutoria Nº 821/2025, se dispuso la prisión preventiva de E.M.R.P por el plazo de ciento cincuenta días.