Jefatura de Maldonado

Dos condenados por contrabando de cigarrillos en Maldonado

Los individuos fueron detenidos durante un control de la Dirección Nacional de Policía Caminera. Se incautaron casi 90.000 cigarrillos, con un valor estimado en mercadería de un millón setecientos cincuenta mil pesos uruguayos ($ 1.750.000).
Fachada de la Jefatura de Maldonado

En horas de la tarde del 23 de junio, efectivos de la Dirección Nacional de Policía Caminera, se encontraban realizando operativo de control de rutas en Ruta 39, próximo a la ciudad de San Carlos, cuando avistaron una camioneta que circulaba con rumbo a esa ciudad, la cual era ocupada por dos hombres.

Al intentar identificar a los ocupantes, estos emprendieron la fuga, logrando ser detenidos minutos después por los efectivos policiales.

Ambos hombres, mayores de edad, identificados como P.A.O.P. de 26 años, sin antecedentes penales y W.X.O.V. de 55 años, poseedor de antecedentes penales. Los mismos fueron detenidos, ya que en la caja de la camioneta se encontraron miles de caja de cigarrillos, los que se encontraban en infracción de aduanas.

Derivados a Hechos Complejos de la Zona Operacional V, quienes asumieron el procedimiento, se hizo un estimativo por parte de Aduanas de la mercadería, estableciéndose que la misma tendría un valor de un millón setecientos cincuenta mil pesos uruguayos ($ 1.750.000). Como así también se estimó en noventa mil (90.000) la cantidad de cigarrillos incautada.

Puestos a disposición de la justicia, el día 25 de junio se celebró audiencia en la sede del juzgado letrado de 4.° turno, donde se dispuso la condena de ambos como autores penalmente responsables de un delito de contrabando, a la pena de dieciocho (18) meses de prisión, la que será sustituida por un régimen de libertad a prueba en base a las siguientes obligaciones: 

1) Residir en el domicilio denunciado en la comparecencia. 
2) Someterse a la orientación y vigilancia de la DI.NA.M.A.. 
3) Presentarse una vez a la semana a la seccional policial correspondiente a su domicilio. 
4) Prestar servicio comunitario, una vez por semana, dos horas diarias por el máximo legal de diez (10) meses. 
5) Con respecto a W.X.O.V., ademas deberá cumplir los primeros nueve meses con arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00.

Ordenando la justicia también la incautación y decomiso del vehículo en el cual se trasladaban.

 

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