Jefatura de Policía de Flores

Estafas aclaradas

Días pasados se recibieron en la Unidad de Investigaciones, dos denuncias por estafa cometidas a dos comercios locales. Efectuada la investigación de los delitos, se pudo identificar a los autores, su detención y posterior puesta a disposición de los mismos, de la justicia competente.
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En virtud de dos denuncias por estafa recepcionadas en la Unidad de Investigaciones entre los días 25 y 26 de marzo donde dos comercios que giran en el rubro de venta de herramientas y afines dan a conocer la maniobra utilizada por dos personas, que mediante red social Whatsapp solicitaron pedidos de mercadería de alto valor, siendo la suma entre ambos comercios de $ 100.000 pesos uruguayos aproximadamente, recibiendo como forma de pago cheques que se demostraría después, estaban denunciados como hurtados en la ciudad de Montevideo. 

En atención a los hechos reseñados, puestos en conocimiento a la Fiscalía Departamental se dio comienzo a las actuaciones del caso, logrando el pasado 03 de abril en la ciudad de Florida identificar y detener el vehículo donde viajaban los hombres hacedores del hecho delictivo, realizando la inspección de automotor donde se hallaron cheques varios, una caja de herramientas y un taladro atornillador siendo parte de los objetos denunciados. 

Detenidos los hombres de 59 y 53 años de edad, oriundos de la ciudad de Montevideo, ambos con antecedentes penales y conducidos el pasado 04 de abril a la Sede Judicial en audiencia de formalización, resultaron: el hombre de 59 años “condenado como autor penalmente responsable por la comisión de dos delitos de estafa, dos delitos de receptación, todos ellos en régimen de reiteración real, en grado consumado y en calidad de autor a la pena de trece meses de prisión de cumplimiento efectivo, con descuento de la detención sufrida”. Para el hombre de 53 años se dispuso “la formalización por la comisión de dos delitos de estafa en grado consumado y en calidad de cómplice, de conformidad con lo establecido en los art 54, 347, 350 bis, 1, 18, 60 y 61 del código penal, al cual se le impone la medida cautelar respecto del arresto domiciliario total con control de dispositivo electrónico por el término de 120 días cesando el 02 de agosto de 2025 de no mediar acción fiscal.”

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