Un hombre sin antecedentes penales fue condenado por violencia doméstica y lesiones personales en Maldonado

En el mes de enero, el servicio de emergencias 9-1-1 fue alertado de que en el barrio San Francisco, de la ciudad de Maldonado, una mujer estaba siendo agredida por su ex pareja.
Al lugar concurrió personal de la Unidad Respuesta Policial Móvil (URPM) de la Zona Operacional II, quienes detuvieron a un hombre de 32 años, el que fue trasladado a dependencia de la Comisaria Especializada en Violencia Doméstica y de Genero (CEVDG) de Maldonado.
Radicada la denuncia correspondiente, la misma fue vista por medico, donde se constataron lesiones.
Una vez se dió intervención a la justicia, dispuso una serie de medidas para salvaguardar la integridad de la victima, entre ellas se dispuso que el agresor portara dispositivo de monitoreo, como así también en audiencia judicial se lo notificó de la prohibición de acercarse o comunicarse con la victima, mientras durara la investigación.
Durante semanas posteriores se constataron varios incumplimientos a la resolución judicial por parte del individuo.
El mismo fue citado para el día 18 de junio al juzgado letrado de 1.° turno de San Carlos, especializado en violencia doméstica, sexual y de género, donde celebrada la audiencia se dispuso su condena como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravado en concurso formal con un delito de lesiones personales en reiteración real con reiterados delitos de desacato agravados en calidad de autor, a la pena de diez (10) meses de prisión, que serán cumplidos en régimen de libertad a prueba, con las siguientes obligaciones:
1) Arresto domiciliario nocturno de 2300 a 0700.
2) Fijar domicilio y no modificarlo sin conocimiento del tribunal.
3) Sujeción a orientación y vigilancia de la DI.NA.M.A..
4) Presentarse una vez a la semana en la seccional de su domicilio.
5) Prestar servicio comunitario, dos horas semanales, por el lapso de tres (3) meses.
6) Prohibición de comunicarse o acercarse a la victima o a su domicilio, por un radio de 500 metros, disponiéndose la colocación de dispositivo de monitoreo electrónico bilateral.
