Jefatura de Maldonado

La justicia condenó con Libertad a Prueba a un hombre que cometió Nueve delitos de hurtos en el Centro de Maldonado

El arduo trabajo Policial del personal de Investigaciones de la Seccional 1era, logro detener al hombre que cometía hurtos en comercios de la ciudad Fernandina.
Moviles frente a Jefatura

El 13 de julio próximo a la hora 17:30, el Servicio de Emergencia 9-1-1 es alertado de un hurto cometido en un comercio ubicado en calles Román Guerra de la ciudad de Maldonado.

Al lugar concurrió móvil de URPM II, entrevistándose con la denunciante, quien manifiesto que un hombre le había hurtado comestibles de su comercio, aportando descripción y registro fílmico.

Del análisis de los registros fílmicos personal de Investigaciones de la Seccional 1era pudo establecer que no seria ajeno a los hechos el indagado Germán Fabián Rodriguez Manfru de 46 años de edad, poseedor de 5 antecedentes por hurto, quien ademas se encuentra ingresado en el Sistema de Monitoreo Electrónico por la Comisaria Especializada en Violencia Domestica y de Género.

Así mismo y continuando con la investigación el personal Policial pudo comprobar que Germán Rodríguez estaría involucrado en por lo menos 8 delitos de hurto a comercios en el Centro de Maldonado.

Enterada la Fiscalía Letrada de 3er instancia dispuso, el emplazamiento y citación del indagado a su despacho para el día 22 de julio a las 14:00 horas.

Dando cumplimiento a los dispuesto por la Fiscalía, personal de Seccional 1era realizó la citación del indagado para la sede.

El 22 de julio, Seccional 1era recibe oficio donde consta que, finalizada la audiencia, la Dra del Juzgado Letrado de 11er turno dispuso la condena de Germán Fabián Rodriguez Manfru , "como autor penalmente responsable de nueve delitos de hurto todos ellos en régimen de reiteración real entre si, a cumplir la pena de dieciocho (18) meses de prisión, la que de acuerdo a lo dispuesto por el art.295bis del código del Proceso Penal sera sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo, asumiendo el condenado las siguientes obligaciones: los primeros tres meses de arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00horas, y por todo el periodo de la condena: 1)residir en el domicilio denunciado en la comparecencia y no modificarlo sin dar previo aviso a la sede; 2)someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA; 3) presentarse una vez por semana a la seccional policial correspondiente a su domicilio; 4)prestación de servicio comunitario en la forma prevista en la norma citada (art. 295bis del código proceso penal) una vez por semana, dos horas diarias por el plazo máximo legal de 10 meses".

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