Libertad a prueba por un delito de receptación

Compulsado en Sistema de Gestión y Seguridad Pública el vehículo poseía requisitoria vigente por hurto, de la fecha 19 de diciembre de 2024; se procedió a la detención del masculino e incautación de birrodado.
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, condeno al masculino de 24 años de edad como autor penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de seis (6) meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido; sustituyéndose por un régimen de libertad a prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en:
Residencia en su domicilio denunciado
Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la DI.NA.MA.
Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.
Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 (dos) horas diarias, y por el término de 30 (treinta) días.