JEFATURA DE SAN JOSÉ

Libertad a prueba para autor de violencia doméstica en San José de Mayo

Policías de la CEVDYG de San José detuvieron a un hombre por agresión física a su padre.
Condenado por violencia doméstica y lesiones personales en San José de Mayo

En la tarde del Viernes 3 de Marzo, Policías de la CEVDYG de San José, ante una denuncia por agresión física de un hijo hacia su padre y agresión verbal hacia el resto de la familia pusieron en conocimiento al Juzgado Especializado, disponiendo: dar cuenta a Fiscalía, conducción del Indagado, averiguaciones referente a los hechos sucedidos, coordinar forense para la víctima y volver a enterar.
Asimismo enterada la Fiscal Letrada de San José dispuso: declaración de las víctimas, forense para una de ellas, registro fotográfico, cuando esté presente el denunciado en la Dependencia, volver a enterar.
Al progenitor herido asistido en un Centro de esta ciudad se le certificó: “SE DEJA CONSTANCIA QUE EL PACIENTE PRESENTA VARIOS HEMATOMAS EN ROSTRO CON FRACTURA NASAL”.
Se libró orden de detención para el implicado, la que se efectivizó por parte de los efectivos de la CEVDYG SJ.
Conducido a la Sede Fiscal de 2do. Turno y Juzgado Letrado de 5to. Turno de San José, culminadas ambas instancias se libró Oficio:  “En autos caratulados: prueba anticipada y/o diligencia preparatoria IUE 2-136335/2023, libra a usted el presente a fin de comunicarle que en la fecha y por Decreto  327/2023 se formalizo a E.E.R de 18 años, y por Sentencia Nro 11/2023 se le condenó como Autor Penalmente Responsable de un Delito de Violencia Doméstica Agravado en Reiteración Real con un Delito de Lesiones Personales Agravadas en Calidad de Autor.
Sustituyéndose totalmente la pena impuesta por un régimen de Libertad a Prueba, de acuerdo a lo establecido por el Art. 295 del CPP, oficiándose a la OSLA para el control y a su vez a efecto de que presente dentro del plazo legal, el plan de intervención por el plazo de la pena sustituida, el que se fija en DIEZ meses. Impónese al condenado las siguientes condiciones:
A)Residencia en el lugar fijado en esta audiencia
B)Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la oficina de OSLA
C)Presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio
D)Prestación de servicios comunitarios por un lapso de dos horas semanales durante un mes
E)Arresto domiciliario nocturno en el horario de 22:00 a 06:00 horas durante los primeros cinco meses
F)Ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones a los efectos del cierre de fronteras por el plazo de la pena sustituida
G)Dispónese el retiro del hogar del Imputado con la prestación de garantías correspondientes, comunicándose.-
Condenase al Imputado la sanción pecuniaria del Articulo 80 de la Ley 19.580, de doce ingresos mensuales del imputado, o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio de la acción civil que corresponda”.

 

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