Jefatura de Salto

Masculino con medidas cautelares

El pasado 03 de marzo del 2025, próximo a la hora 12:40 personal de Dirección de Investigaciones concurrió a Puente Internacional Salto Grande por personas demoradas al intentar ingresar al País un arma de fuego y municiones.
Masculino con medidas cautelares

En el lugar se procedió a la identificación y detención de un masculino, una femenina, ambos de 37 años de edad y de una menor de 14 años de edad, todos de nacionalidad argentina quienes viajaba en la camioneta Chevrolet D20 Luxe desde la ciudad de Chajarí.

Personal de aduanas procedió a la incautación de:

  • camioneta Chevrolet D20

  • 1 fusil de repetición calibre 270, marca Bergara

  • una mira telescópica

  • 12 (doce) municiones calibre 270

  • 5 (cinco) vainas calibre 270

  • 28 (veintiocho) municiones calibre 22 Mágnum

  • 2 (dos) vainas calibre 22 mágnum

  • 2 (dos) municiones calibre 45

  • 3 (tres) municiones calibre 223

  • 8 (ocho) municiones calibre 30-06

  • 1 (una) vaina calibre 30-06

  • 3 (tres) municiones calibre 12-70 mm brenneke

  • 3 (tres) municiones calibre 12- 70 mm posta

Valoración Aduana $ 480.450 (cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos cincuenta pesos uruguayos)

Se puso en conocimiento Fiscalía de Turno. Continuando con las actuaciones Fiscalía de turno dispuso cese de detención para la femenina y menor de edad.

 

Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, por Decreto del día de la fecha se dispuso medidas cautelares previstas en el Art. 222 del C.P.P, de acuerdo a lo solicitado por fiscalía y sin oposición de la defensa, se hace lugar a las medidas cautelares previstas en el art. 222 del N.C.P.P.; al masculino de 37 años de edad consistentes en:
 

  • Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal.

  • Prohibición de salir del país sin autorización previa.

Todo por el término de noventa (90) días bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato; las que vencen en forma automática el día 01/06/2025 salvo disposición en contrario.

Dispónese el cese de detención del imputado.

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