Jefatura de Maldonado

Una mujer fue condenada por hurtos a comercios de Maldonado

Tras la investigación policial surgió que la autora cometió tres hurtos en distintos locales de la zona céntrica de Maldonado.
Camioneta policial estacionada

El 30 de octubre del 2023, el servicio de emergencias 9-1-1 fue informado sobre un hurto en un comercio ubicado en calle Florida y Román Guerra de la ciudad de Maldonado.

Al lugar concurrió personal de la Unidad de Respuesta Policial (URPM) de Zona II, constatando que una mujer se encontraba retenida por funcionarios del comercio. La misma fue identificada como A.C.S.A., de 48 años de edad, se le incautaron varios productos de higiene personal, avaluados en $7529 pesos, por lo que fue derivada a dependencia Policial.

Del análisis de los registros fílmicos se pudo establecer que la indagada no sería ajena a otros delitos de hurto, también cometidos en comercios de la zona días anteriores.

Se enteró a la Fiscalía Letrada de 3er Turno, quien dispuso la conducción de la mujer a la Sede Letrada. El 01 de noviembre del 2023 se realizó audiencia en el Juzgado Letrado de 4to Turno, donde se dispuso el emplazamiento sin fecha para A.C.S.A.

El día 21 de febrero del 2024, se recibió la Orden Judicial de requisitoria para la indagada.

En la mañana del 28 de febrero, en momentos que personal de URPM II realizaba recorridas por calles Cerro del Marco y Cerro dos Hermanos del Barrio Cerro Pelado, avistaron a la indagada a quien reconocieron por tener requisitoria pendiente. Procedieron a detenerla, derivándola a Dependencia Policial.

Enterada la Dra. de la Fiscalía de 3er Turno, impartió directivas y ordenó la conducción de la indagada para su declaratoria.

Realizada la instancia, en el Juzgado Penal de 4to Turno, fue dispuesta la condena de A.C.S.A. como autora penalmente responsable de tres delitos de hurto, dos de ellos en grado de tentativa, en régimen de reiteración real entre sí, a sufrir la pena de seis (6) meses de prisión, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo las obligaciones previstas en los literales d y e del artículo 105 del Código Penal. La pena de prisión de acuerdo a lo previsto por el artículo 295 bis del Código del Proceso Penal, será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo asumiendo la condenada las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado, someterse a la orientación y vigilancia de DI.NA.M.A., la obligación de presentarse una vez por semana a la seccional policial más cercana a su domicilio, prestar servicios comunitarios en la forma prevista en el Art. 295 bis del CPP, una vez por semana dos horas diarias.

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