JEFATURA DE SAN JOSÉ

Ocho detenidos por riña en Ciudad del Plata

Tres condenados con libertad a prueba por riña y violencia privada y tres adolescentes por riña en Ciudad del Plata, tras ser detenidos por Efectivos de Zona II por agresión entre ellos y hacia los Policías y móviles que concurrieron al lugar.
Tres mayores de edad y tres menores fueron condenados por riña en Ciudad del Plata

Varios móviles del GRT-PADO y Guardia Republicana en la tarde del 31 de Agosto, tras disuadir a un numeroso grupo de jóvenes que se agredían entre sí arrojándose piedras de gran tamaño,como así también a los Efectivos Policiales y a los móviles, en las inmediaciones de un centro estudiantil en barrio Delta El Tigre (calles Cuba y Saigón), detuvieron a ocho masculinos, entre ellos cuatro menores de edad, siendo conducidos a la Comisaría 11ra. La Fiscalía Letrada de 2do. Turno, dispuso: indagatorias para los involucrados, menores con responsables, conducción a la Sede, relevamientos.  Se cumplieron las instancias en Sede de Fiscalía de Libertad y Juzgado Letrado de 3er. Turno de la misma ciudad, donde mediante proceso abreviado, por Sentencia Nº 127/2023, se condenó a M.S.A.T de 19 años y E.J.G.G de 18 años, como autores penalmente responsables de Un Delito de Riña, a la pena de tres meses de prisión que podrá cumplirse en régimen de libertad a prueba atento a sus condiciones de primarios (Art. 295 bis CPP), asumiendo obligaciones”.  Y por Sentencia Nº 128/2023 se dispuso la condena de I.C.R de 25 años,como autor penalmente responsable de Un Delito de Violencia Privada Agravada y un Delito de Riña, en Régimen de Reiteración Real, a la pena de cuatro meses de prisión, que podrá cumplirse en régimen de libertad a prueba atento a su condición de primario (Art. 295 bis CPP), asumiendo obligaciones.

En sede judicial de Libertad de 1er. Turno, finalizada la instancia, por Sentencia Nro. 12/2023, se dispuso la condena de J.D.G.F de 16 años, E.S.F.B de 16 años y E.S.S de 17 años, “como autores responsables de Una Infracción Grave a la Ley Penal, Tipificada en el Código Penal como Delito de Riña, a la pena de tres meses de medida socioeducativa, en régimen de Libertad a Prueba atento a sus condiciones de primarios y a lo dispuesto en el Art. 295 bis CPP (en la redacción dada por el Art. 31 de la Ley 19.889), con condiciones”.

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