Rápida acción policial resultó con condenas por delito de hurto de cables de servicio público

Policías de la Unidad, fueron alertados por el hurto de cables en calle Zelmar Michelini, concurriendo al lugar avistando al hombre y la mujer. Al ser interceptados y efectuada inspección, llevaban consigo cables presumiblemente hurtados en el lugar, los que fueron detenidos a disposición Fiscal, hecho registrado el 31 de agosto de 2026.
Se trató de un hombre de 23 años, poseedor de antecedentes penales por los delitos de hurto, daño y receptación, paralelamente la mujer de 30 años carecía de antecedentes penales.
Es de señalar que en el procedimiento efectuado se incautó una mochila que contenía en su interior varios metros de cables, tijeras y de entre las prendas de vestir del hombre de 30 años, se incautaron tramos de cable y un arma blanca, interviniendo también policías del Grupo de Respuesta Táctica.
Acto seguido el procedimiento fue asumido por policías de la Brigada de Investigaciones de Comisaría 1.ª, quienes desarrollaron diversas acciones a nivel policial, lo que demostró la participación de ambos en el hurto de cables en vía pública, que pertenecían a una empresa Estatal.
De lo sucedido fue enterada Fiscalía Letrada de 2.º Turno.
Efectuada audiencia ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 1.º Turno dispuso la condena de Kevin Nahuel Rodríguez Medina, como autor penalmente responsable de un delito de hurto agravado por tratarse de cables vinculados a servicio púbico, quien cumplirá la pena de 8 meses de prisión efectiva.
Además, la condena de la mujer de 30 años de iniciales M.J.S.I. como autor penalmente responsable de un delito de hurto agravado por tratarse de cables vinculados a servicio público, cumplirá la pena de 7 meses de prisión bajo régimen de libertad a prueba.
Ante ello debió fijar domicilio, someterse bajo la sujeción, orientación y vigilancia de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas (Dinama), presentarse una vez por semana ante la seccional policial correspondiente al domicilio y efectuar 20 horas de servicios comunitarios, por el plazo de la condena.
