Jefatura de San José

Siete años de penitenciaría para autor de abuso sexual y tráfico interno de armas en Ciudad del Plata

Policías de la CEVDYG y Área de Investigaciones de Zona II, realizaron allanamiento en la vivienda de un indagado por abuso sexual e incautaron un arma de fuego, municiones, pendrives, celulares, notebbok. El implicado fue detenido y condenado a siete años de penitenciaría
Incautación de municiones, armas, celulares y otros efectos en allanamiento

Fue denunciado en la CEVDYG CP, el 15 de Febrero una situación de abuso sexual hacia una menor en el ámbito familiar, por parte de un hombre mayor de edad, pariente político de la adolescente. Intervino el Juzgado competente y se envió informe. Se expidió orden de allanamiento para la vivienda del indagado, quien residía en el Departamento de Canelones. Policías de la CEVDYG y móvil del Área de Investigaciones de Zona II, realizaron la diligencia, la que finalizó con resultado positivo. Se incautaron: cuatro pendrives, once celulares, una notebook, dos tablets, un rifle calibre 22, marca JW-ISA, diecisiete cartuchos 38mm, uno calibre 32mm,tres cartuchos de escopeta calibre 12, una vaina calibre 22 ,una vaina calibre 38 mm y cincuenta y dos cartuchos calibre 22mm,y el indagado en calidad de detenido. Policía Científica realizó el relevamiento correspondiente.

En audiencia realizada el 5 de Marzo en la Sede Judicial de 3er. Turno de Libertad, por Sentencia Nº42/2024 se condenó a J.J.M.C de 63 años, “como autor penalmente responsable de un delito de Abuso Sexual Agravado, Reiterados Delitos de Utilización de tecnologías, de internet, de cualquier medio informático o cualquier medio de comunicación o tecnología de trasmisión de datos para contactar a una persona menor de edad o ejercer influencia sobre el mismo con

el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual, actos con connotaciones sexuales, obtener material pornográfico u obligarlo a hacer o no hacer algo en contra de su voluntad y un delito de trafico interno de armas de fuego y municiones, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, a la pena de siete años de penitenciaria de cumplimiento efectivo”.

 

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