Tercer intervenido por la Justicia en caso de estafa

El 7 de mayo, un hombre se presentó en dependencia policial denunciando haber sido víctima de una estafa.
Mediante una llamada telefónica se hicieron pasar por operadores de una entidad bancaria y a través de engaños, le solicitaron a la víctima realizar reiteradas transacciones, logrando apropiarse de una importante suma de dinero.
Las averiguaciones llevadas a cabo por el Departamento de Estafas, derivaron en la requisitoria de varios involucrados. Hasta ahora, se habían detenido y formalizado a dos personas.
El 9 de agosto, funcionarios de la Unidad de Respuesta Policial de la Jefatura de Paysandú, se encontraban realizando recorridas por la Avenida Brasil de esa localidad, cuando avistaron y procedieron a la identificación de un hombre, quien resultó ser C.A.A.G. de 29 años de edad, sin antecedentes pero con requisitoria pendiente por este caso. Inmediatamente, se hace efectiva su detención y conducción al departamento de Maldonado.
Enterada la Fiscalía de 5to Turno, dispuso que el detenido comparezca ante su sede para continuar con las averiguaciones.
El 10 de agosto, culminada la audiencia en Fiscalía, se derivó al indagado al Juzgado Letrado de 4to Turno, donde se lo condenó como coautor penalmente responsable de un delito de estafa a la pena de doce (12) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida, la que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 295 bis del Código del Proceso Penal será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo, asumiendo el condenado las siguientes obligaciones:
1) los primeros tres meses deberá cumplir arresto domiciliario nocturno de 23:00 a 07:00;
2) residir en el domicilio denunciado en la comparecencia;
3) someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA;
4) presentarse una vez a la semana a la seccional policial correspondiente a su domicilio;
5) prestación de servicio comunitario en la forma prevista en la norma citada (Art. 295 bis del Código del Proceso Penal) una vez por semana, dos horas diarias por el plazo máximo legal de 10 meses.

