Requisitos de Registro para Empresas Instaladoras de medidas de protección contra Incendio
Instructivo

Las siguientes medidas de protección contra incendio: sistemas hidráulicos, detección y alarma,
sistema de presurización y control de humos, deberán ser suministradas, instaladas, puestas en
funcionamiento y mantenidas por empresas registradas ante la Dirección Nacional de Bomberos. A
través de los Instructivos Técnicos respectivos podrán incluirse en la obligatoriedad del registro
otras tecnologías o dispositivos de protección contra incendio que se desarrollen fruto de los
avances tecnológicos.-
El registro de las empresas se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Nota de solicitud firmada
- Razón Social
- Nombre Comercial
- Número de Registro en BPS
- Número de Registro en DGI (RUT)
- Dirección Fiscal
- Giro
- Teléfono
- Técnico Registrado Responsable
- Representante Legal
- Nota de consentimiento a publicación de datos
La validez de la acreditación será de dos años.
Enviar la documentación en formato PDF a: bomberos-secciontecnica@minterior.gub.uy
Se publicará el listado de Empresas Registradas en la web de la Dirección Nacional de Bomberos y
se actualizará mensualmente.
Decreto 184/2018 Artículo 7º