Dirección Nacional de Seguridad Rural
Sus cometidos son el diseño, la coordinación, la ejecución y la evaluación de políticas de seguridad en el medio rural, coadyuvando a la toma de decisiones estratégicas en materia de seguridad pública, debiendo: combatir el delito de abigeato y delitos conexos, colaborar con el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, contribuir con la protección de los recursos naturales estratégicos renovables, no renovables, riquezas naturales e infraestructuras críticas y coadyuvar con el cuidado medioambiental y de los recursos esenciales.
Cometidos Sustantivos
a) Combatir el delito de abigeato y delitos conexos; la faena clandestina, contrabando de ganado y semovientes, realizando acciones específicas tendientes a evitar su comisión; inspecciones de haciendas; verificación de marcas, señales y procedencia; el control de embarques, tropas y arreos de ganado de cualquier especie que transiten por caminos públicos y el contralor de ferias ganaderas, plantas frigoríficas, entre otras.
b) Colaborar con el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, proporcionando el auxilio necesario para la preservación, conservación, protección y adecuada defensa de dichas áreas según la Ley N.º 17.234 de fecha 22 de febrero de 2000 y sus modificativas.
c) Contribuir con la protección de los recursos naturales estratégicos renovables, no renovables, riquezas naturales e infraestructuras críticas a fin de asegurar el bienestar social y la seguridad jurídica, en coordinación con los organismos con competencia específica.
D) Coadyuvar con el cuidado medioambiental y de los recursos esenciales como ser: energía, espacio terrestre, agua, recursos alimenticios, biodiversidad, transporte y vías de comunicación.
E) Vigilar y controlar los caminos nacionales, caminos departamentales, caminos vecinales y sendas de paso.
F) Efectuar acciones tendientes a preservar el medio ambiente, combatiendo la contaminación, así como la destrucción o daño en la flora y montes indígenas protegidos o en peligro de extinción.
G) Controlar en conjunto con los organismos estatales con competencia específica, la caza, tenencia, traslado, comercialización e industrialización de la fauna y especies protegidas o en peligro de extinción.
H) Coordinar acciones en temáticas vinculadas al cometido esencial, en conjunto con instituciones públicas y privadas: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; Ministerio de Ambiente; Congreso de Intendentes; Poder Judicial; Fiscalía General de la Nación; Instituto Nacional de Carnes; Federación Rural; Asociación Rural del Uruguay; Cámara Mercantil de Productos del País; Cooperativas Agrarias Federadas; Secretariado Uruguayo de la Lana; Comisión Nacional de Fomento Rural; asociaciones de productores y cultivadores; entre otras.
I) Evaluar periódicamente y sugerir las medidas pertinentes a efectos de mejorar las acciones de observación, prevención y disuasión de ilícitos cometidos en el medio rural, prestando la cooperación que requieran las autoridades judiciales, fiscales y municipales competentes.
J) Y toda aquella misión o tarea complementaria que le sea asignada por resolución expresa del Ministerio del Interior en el futuro.