Oficina Nacional de Contralor de Armas

Decreto N° 289/016 Artículo 31 Oficina de Contralor de Armamento, Balística y Equipamiento Policial. Estará a cargo de un Oficial Jefe del Sub Escalafón Ejecutivo.

Cometidos Sustantivos

  • El registro, control de entrega, recepción de armas y equipos del Personal Ejecutivo de la Unidad Ejecutora.
  • La recepción, registro y custodia de las armas incautadas o decomisadas en procedimientos administrativos o por disposición de la Justicia, y su entrega cuando corresponda
  • Planificación de solicitud de armamento y equipos teniendo en cuenta las necesidades y la renovación permanente.