Antecedentes y reseña historica de la Direccion Nacional de Migración

Reseña histórica sobre el surgimiento y evolución de la Dirección Nacional de Migración

Por Ley Nro. 837 de 02.12.1865 se crea la Oficina de Inmigración, dependiente del Ministerio de Hacienda, en calidad de Adscripta a la Dirección de Estadísticas.-

Cuyo cometido esencial era: "formar la estadística de la Inmigración que arribe al país y transmitir al gobierno los datos sobre todo lo concerniente al fomento y establecimiento de los Inmigrantes".

Ya la Constitución de 1830, que en el artículo Nro. 147 dispone: " es libre la entrada de todo individuo en el territorio de la República, su permanencia en el y su salida con sus propiedades observado las leyes de Policía y salvo perjuicio de terceros".-

Desde su fundación , la Oficina de Inmigración sufriría transformaciones tanto en su denominación, atribuciones así como en sus cometidos, al tiempo que cambiaba de órbita Ministerial.-

En efecto por Decreto de fecha 11.12.1878, la O. de I.; pasa a depender del Ministerio de Relaciones Exteriores, pero en 1880 también por vía de Decreto los cometidos de Inmigración pasan al Ministerio de Gobierno.

Por Decreto de Ley Nro. 8959 del 06.04.1933 pasa al Ministerio de Guerra y Marina y el 19.03.1935 es situada en la órbita del Ministerio de Ganadería y Agricultura, por la directa vinculación que todavía se establecía entre la venida de extranjeros y el desarrollo agrícola del País.-

Finalmente por Decreto del 22.12.1937 pasó a depender del Ministerio del Interior.-

Por ley 14.189 de 30/374 desde el año 1974 se denomina Dirección Nacional de Migración, y fue incluida en el Artículo 9 de la Ley Orgánica Policiál Nº 15185 del 29.9.81.-

 

Aspectos Institucionales

Las competencias en materia migratoria, ya sean ejecutivas o de asesoramiento, se centralizan en el Ministerio del Interior, según resulta de la normativa vigente.

1- Ministerio del Interior

Corresponde a este Ministerio la atención de "los servicios internos relativos a la migración , contralor y vigilancia de la entrada, permanencia y salida de personas" (art. 2do. Núm. 7, Decreto Nro. 574/974 de 12/VII/974).

Este es el órgano que ejerce la superintendencia general de los servicios de migración, tanto en el interior como en el exterior de la República (art. 85 Decreto de 28/2/947).

Si bien las funciones ejecutivas las cumple la Dirección Nacional de Migración , compete al Ministerio decidir en definitiva sobre las autorizaciones de residencias permanentes (arts. 15 y 82, Decreto de 28/2/947).

 

2- Dirección Nacional de Migración

Esta Dirección, dependiente del Ministerio del Interior, es responsable de poner en ejecución las disposiciones vigentes sobre migración. Sus principales atribuciones están contenidas en la ley 18250 de 6 de enero de 2008 sin perjuicio de las que resultan de otras normas dispersas en diversas leyes y decretos.

3- Agentes Consulares

Les compete el cumplimiento de funciones administrativas en materia de inmigración, en aquellos países donde se encuentran acreditados. Reciben sus directivas desde el Ministerio del Interior, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores (arts. 84, 85 y 89, Decreto de 28/2/947).

4- Otros organismos

Existen otros organismos que de manera colateral tienen ingerencia en la materia.

Entre otros, podemos mencionar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a quien corresponde la regulación del mercado de trabajo y empleo; el Ministerio de Salud Pública, que ejerce la Policía Sanitaria de Fronteras y el Ministerio de Economía y Finanzas, que por intermedio de su Dirección de Aduanas otorga franquicias aduaneras a los inmigrantes que se amparan a planes específicos.

Cabe apuntar también la competencia general de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, como órgano asesor del Poder Ejecutivo en todo lo vinculado a la formulación de planes y programas de desarrollo.

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