Comisión permanente de atención a situaciones de acoso sexual en funcionarios/as y personal del Ministerio del Interior
Prevenir, erradicar y sancionar las situaciones de acoso sexual dentro de su ámbito de aplicación.
Implementar mecanismos para protección de las víctimas.
Sensibilizar, informar y formar.
Disponer medidas para poner fin a la situación.
- Ley N° 18.561 - LEY DE ACOSO SEXUAL. PREVENCION Y SANCION EN EL AMBITO LABORAL Y EN LAS RELACIONES DOCENTE ALUMNO
- Decreto N° 40/013 - APROBACION DEL PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE SITUACIONES DE ACOSO SEXUAL EN FUNCIONARIOS/AS Y PERSONAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Descargar el Decreto N° 40/013
- Decreto N° 256/017 - REGLAMENTACION DE LA LEY 18.561. LEY DE ACOSO SEXUAL. PREVENCION Y SANCION EN EL AMBITO LABORAL Y EN LAS RELACIONES DOCENTE ALUMNO
Descargar el Decreto N° 256/017
- Resolución Ministerial B-7962 - Comisión permanente de actuación ante situaciones de acoso sexual en funcionarios/as y personal del Ministerio del interior.
Descargar la Resolución Ministerial B-7962
- Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual en funcionarios/as y personal del Ministerio del Interior
Descargar el protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual
Doctores en Derecho y Ciencias Sociales
Licenciada en Psicología
Licenciada en Sociología
Funcionaria perteneciente al escalafón ejecutivo de la jerarquía Ofical Jefe
PRESENCIAL
Montevideo
Comisión permanente de acoso sexual del MI
Dirección: Julio Herrera y Obes 1436 – 4to Piso
Interior - ( La denuncia se entrega en sobre cerrado)
- Comisarias Especializadas en Violencia Doméstica y Género (CEVDG)
NO PRESENCIAL
Tel.: 2030 41 18
Cel.: 098 643 854
Correo: comision.acososexual@minterior.gub.uy
Quien padece el acoso sexual (víctima)
El/la superior que detecta una situación de acoso sexual.
Las personas vinculadas en el ambito laboral o educativo de quien padece la situación de acoso sexual (posible testigos, o terceros
Todo el procedimiento de investigación ente situaciones de acoso sexual en el ambito laboral y educativo se encuentra protegido bajo el principio de reserva y confidencialidad.
El mismo implica una protección a los derechos de la presunta víctima como a los de la persona denunciada.
Rige para todas las personas que tomen conocimiento de las actuaciones en el trascurso de la investigación, cualquiera sea su etapa.