Policía Caminera

Reconsideración de contravenciones de tránsito

Mediante este trámite es posible presentar argumentos y/o documentación probatoria para solicitar la revisión de una contravención de tránsito (multa), por parte de la Comisión Asesora de Multas. La Comisión Asesora de Multas es un órgano interinstitucional, que posee autonomía técnica, siendo su cometido, analizar y estudiar las reconsideraciones y/o recursos interpuestos y dictaminar al respecto. Será por Resolución del Jerarca (Director Nacional), que se resolverá lo planteado por el usuario, notificándose al domicilio electrónico constituido en la solicitud.

Costo

No tiene costo

Documentación a presentar

La documentación a presentar dependerá de quién realice el trámite, para todos los casos, siempre se debe adjuntar copia de la Cédula de Identidad, póliza de Seguro Obligatorio Automotor y Permiso Único de Conducir (licencia de conducir).

Si se presenta la persona titular registral en la Libreta de Propiedad (quien figura en el documento del vehículo), debe adjuntar copia del Documento de Identificación Vehicular (DIV) o libreta de propiedad.

En caso de que el titular registral sea una persona jurídica, deberá acreditar la representación correspondientes con potestad suficiente a los efectos y Documento de Identificación Vehicular (DIV) o libreta de propiedad.  

Si se presenta la persona infractora que consta en la boleta, debe adjuntar Cédula de Identidad y Documento de Identificación Vehicular (si lo tuviere).

En los casos que el peticionante no sea el infractor, ni figure como titular registral del vehículo deberá presentar:

  • Si es persona propietaria: título propiedad.

  • Si es prominente comprador cuyo compromiso tenga firmas certificadas por escribano público: documento compraventa con firma certificada.

  • Si es persona poseedora: certificado notarial.

  • Si es adquiriente en subasta pública: oficio del rematador o juzgado.

  • Si es representante: carta poder certificada notarialmente (con menos de un año de antigüedad) que lo habilite a representar a la persona titular, propietaria/o, promitente comprador/a, adquirente en subasta pública o poseedor/a del vehículo.

¿Cómo se hace?

Debe descargar el formulario “Reconsideración de Contravenciones de Tránsito”, completarlo con los datos correspondientes, firmarlo y enviarlo por mail a caminera-usuario@minterior.gub.uy 

Recuerde que el plazo para la presentación de descargos es de 10 días contados desde la fecha de notificada la contravención.

A tener en cuenta

  • Es importante que adjunte elementos que puedan aportar a la resolución del caso: fotografías del vehículo, constancias o certificados y todo aquello que entienda pertinente que respalde sus dichos. 

  • Si la contravención fue abonada y el dictamen de la gestión resulta favorable a la persona interesada, se procederá a la devolución del importe correspondiente. 

  • Si quien realiza el trámite es una persona representante, es necesario acreditar la legitimación correspondiente. 

  • Si la contravención no fue abonada y el dictamen de la gestión resulta favorable, la infracción se dará de baja.

  • De acuerdo a la normativa vigente, la Administración dispone de 30 días para la instrucción de la solicitud y 120 días para expedirse al respecto.

  • Una vez que se resuelva el descargo, recibirá un correo electrónico a la dirección ingresada en el formulario. 

Descargar formulario: 

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