DNASSP
Pensión y haberes impagos o sucesorios
La pensión es una prestación económica mensual que se genera a partir del fallecimiento de un policía en actividad o en situación de retiro. Haberes sucesorios o impagos son los haberes que quedaron sin cobrar por el fallecido pasivo con prestación pendiente de cobro.
Pensión y haberes impagos
- Cédula de identidad del causante
- Cédula de identidad del solicitante
- Partida de defunción del causante
- Partida de matrimonio o sentencia de unión concubinaria
- Partida de nacimiento (hijos)*
- Declaración de incapacidad*
- Formulario AE y Resolución Ministerial*
- Constancia de estudios terciarios*
- Para iniciar todo trámite entre el 23 de marzo y el 21 de julio de 2025, se deberá presentar constancias de voto (27/10 y 24/11/24) https://www.gub.uy/corte-electoral/institucional/normativa/circular-n-12085-fecha-29112024-periodo-control-del-voto
*en caso de corresponder
Haberes sucesorios
- Cédula de identidad del causante
- Cédula de identidad del solicitante
- Partida de defunción del causante (emitida hace menos de 30 días)
- Partida de nacimiento de los solicitantes en caso de ser hijos o hermanos del causante (emitida hace menos de 30 días)
- Partida de nacimiento del causante en caso de que el solicitante sea su padre/madre (emitida hace menos de 30 días)
- Certificado notarial de herederos
- En caso de haber personas que serían beneficiarias ya fallecidas, se deben presentar sus partidas de defunción (emitida hace menos de 30 días)
- Para iniciar todo trámite entre el 23 de marzo y el 21 de julio de 2025, se deberá presentar constancias de voto (27/10 y 24/11/24) https://www.gub.uy/corte-electoral/institucional/normativa/circular-n-12085-fecha-29112024-periodo-control-del-voto