Asistencia
Art. 17
La asistencia a las clases teóricas y prácticas será de carácter obligatorio, constituyendo inasistencias las faltas justificadas e injustificadas.
- El porcentaje de asistencia mínima para las asignaturas teóricas será de un 90%, los estudiantes que no lo alcancen perderán la asignatura debiendo recursar.
- El porcentaje de asistencia mínima para las experiencias prácticas será de un 90%, los estudiantes que no lo alcancen perderán la asignatura debiendo recursar (teórico-práctico).
- Se consideran inasistencias justificadas aquellas por las que se presente certificado médico de ASSE o de Mutualista o Seguro de Salud privado con timbre profesional o certificado de Banco de Previsión Social y se computará como media falta por cada día y se tomará el porcentaje mencionado en los literal a y b para contabilizarlas.
- Se consideran inasistencias justificadas por fallecimiento de familiares directos (padres, hijos, cónyuges, hermanos) y se justificarán hasta cinco (5) días y para inasistencias por fallecimiento de hermanos o abuelos cuatro (4) días.
- Inasistencia por casamiento cinco (5) días, por donación de sangre un (1) día, por estudio ginecológico o mamografía un (1) día al año, por PSA un (1) día al año y por parto diez (10) días.
- La licencia por maternidad y/o paternidad habilitará a la estudiante a continuar con su curso donde lo tuvo que suspender por usufructo de la misma.
- No se considerarán dentro de este literal las certificaciones por patología en el embarazo o puerperio, estas se considerarán como inasistencias por enfermedad descritas en el literal (c).
- El control de asistencia estará a cargo del docente que imparte la asignatura o está a cargo de la experiencia práctica.
- El tiempo de tolerancia para las llegadas tarde será de 15 minutos, pasado este tiempo se computará la falta, aunque el estudiante puede permanecer como oyente de la clase.
- En caso de exámenes por estudio en otro organismo el estudiante podrá solicitar mesa especial para dar su examen en la Escuela de Enfermería.