Estudiantiles
Art. 16
Se consideran estudiantes de las Escuelas de Enfermería habilitadas aquellos que han cumplido con los requisitos para el ingreso y que se encuentran ingresados y habilitados en el SIGE de la Oficina Reguladora de Escuelas de Enfermería del Ministerio de Educación y Cultura.
- Todo estudiante debe respetar los principios éticos sustentados desde la Ley N° 18.815 del 30 de setiembre de 2011, que regula el ejercicio de la profesión de Enfermería y su respectiva reglamentación para toda la República Oriental del Uruguay, el Código Internacional de Enfermería (CIE) y el reglamento implementado por la Escuela de Enfermería.
- El Reglamento del estudiante del curso Auxiliar de Enfermería Integral es el conjunto de normas propias que regulan tanto la vida académica como los deberes y derechos de los estudiantes.
- Le son aplicables el reglamento implementado por la escuela que dicta el curso y que rigen la relación con los pacientes y los campos clínicos al que concurran, sean públicos o privados.
- Los alumnos deberán actuar respetando la declaración de principios, estatutos, reglamentos, normas generales que se regulan desde el Ministerio de Educación y Cultura y de la Escuela y en su caso las normas y estatutos que rigen los campos clínicos y la relación con los pacientes.