Trámites

  • Registro de Lector

    https://www.gub.uy/tramites/registro-lector

    Trámite por el cual se registra como lector del acervo documental del Museo Histórico Nacional, que finaliza recibiendo su carné que lo acredita como tal.

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  • Registro de publicaciones

    https://www.gub.uy/tramites/registro-publicaciones

    Es la inscripción, en el Registro que a esos efectos se lleva, de la declaración jurada que contiene todos los datos establecidos por la Ley 16.099.

    Es un trámite obligatorio y previo a realizar cualquier publicación o difusión escrita.

    Lo debe realizar todo “impresor o editor de cualesquiera publicaciones impresas o titular de agencias de noticias en cuanto le pudiera corresponder...”

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  • Registro de títulos y certificación de documentación estudiantil

    https://www.gub.uy/tramites/registro-titulos-certificacion-documentacion-estudiantil

    Es el registro de títulos correspondientes a carreras reconocidas por el Poder Ejecutivo.

    Este trámite también se refiere a la Certificación de documentación estudiantil expedida por instituciones terciarias privadas, referida a carreras reconocidas por el Poder Ejecutivo.

     

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  • Registro de una sociedad por acciones simplificada (SAS) - Persona Física

    https://www.gub.uy/tramites/registro-sociedad-acciones-simplificada-sas-persona-fisica

    El presente trámite corresponde a la Constitución y Registro de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), versión digital de acuerdo al ArtÍculo 11 Ley N°19.820 y Artículos 1 y 2 Decreto N° 399/019 cuyos socios, administradores y representantes sean únicamente personas físicas.

    En esta versión del trámite en línea podrá inscribir sociedades de hasta 6 socios y agregar hasta 3 administradores y representantes que podrán ser o no socios (en total 9 personas físicas), con régimen unipersonal o pluripersonal (no colegiado). En caso de administración pluripersonal, la representación podrá ser ejercida únicamente en forma indistinta o conjunta por todas las personas designadas.

    Las actividades agropecuarias no se encuentran dentro de las actividades a ser desarrolladas por este tipo de sociedad.

    Si usted ha iniciado el trámite de Reserva de prioridad de nombre de personas jurídicas, en forma presencial en DGR debe continuar el trámite de Constitución SAS de forma presencial.

    Importante: otras variantes no comprendidas en este trámite deberán realizarse a través de los procesos habituales con intervención de un escribano público.

    Al finalizar el trámite recibirá una notificación para descargar el estatuto social.

    A partir de la obtención del RUT comienza a correr el plazo de 45 días para comunicar al Banco Central del Uruguay los beneficiarios finales. (Ley 19.484). Esta comunicación es obligatoria, generándose multas por su omisión. click aqui

    Es responsabilidad de la sociedad registrar en el Registro de Personas Jurídicas los libros sociales correspondientes, una vez finalizado el tramite de constitución de la sociedad.

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  • Renovación de habilitación de escuelas de enfermería privadas, filiales y anexos

    https://www.gub.uy/tramites/renovacion-habilitacion-escuelas-enfermeria-privadas-filiales-anexos

    Es la Renovación de la Habilitación para funcionar como Escuela de Enfermería privada, filiales y anexos.

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  • Reserva de nombre de Persona Jurídica

    https://www.gub.uy/tramites/reserva-nombre-persona-juridica-0

    El presente trámite corresponde a la reserva de nombre para la constitución o cambio de nombre de Sociedades Comerciales.

    Tipos de Sociedades comprendidas:

    1. Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL)
    2. Sociedades Colectivas
    3. sociedades en Comandita Simple
    4. Sociedades de Capital e Industria
    5. Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)
    6. Sociedades Anónimas
    7. Sociedades en Comandita por Acciones

    Una vez finalizado el trámite, el nombre quedará reservado por 30 días hábiles a partir de la fecha de inscripción en el registro.

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  • Reserva de Prioridad de Automotores - Registro propiedad mobiliaria

    https://www.gub.uy/tramites/reserva-prioridad-automotores-registro-propiedad-mobiliaria

    Es el trámite mediante el cual un escribano público podrá inscribir una reserva de Prioridad para el otorgamiento de actos o negocios jurídicos que impliquen trasmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales y crédito de uso relativo a vehículos automotores.

    Inicialmente podrá ingresarse Reserva de Prioridad en línea para todos los Registros Mobiliarios.

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  • Reserva de Prioridad para Registro de Inmuebles

    https://www.gub.uy/tramites/reserva-prioridad-registro-inmuebles-0

    Es el trámite por el cual el escribano designado podrá inscribir una reserva de prioridad para:

    • El otorgamiento de actos o negocios jurídicos que impliquen transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales y crédito de uso, relativo a inmuebles.
    • El otorgamiento de promesas de enajenación de inmuebles y sus cesiones.

    Podrá ingresarse Reserva de Prioridad en línea para todos los Registros Inmobiliarios.

     

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  • Restauración de obra de arte

    https://www.gub.uy/tramites/restauracion-obra-arte

    Es la solicitud de restauración de una obra de arte.

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  • Restitución internacional de menores

    https://www.gub.uy/tramites/restitucion-internacional-menores

    Es la solicitud por la cual se requiere el retorno de una persona menor de 16 años de edad al Estado donde tenía su residencia habitual, luego de:

    • ser trasladada a otro Estado sin el consentimiento de quien ejercía efectivamente la patria potestad o tutela
    • ser retenida en otro Estado, luego de haber vencido el plazo por el cual fue autorizado su viaje, por quien ejercía efectivamente la patria potestad o tutela.

     La nacionalidad del menor de edad resulta absolutamente intrascendente.

    A tales efectos, el Uruguay forma parte del Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y de la Convención Interamericana de Montevideo de 1989 sobre Restitución Internacional de Menores 

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Madre, padre o tutor del menor de 16 años de edad.

    Atención:

    La Autoridad Central del Uruguay, NO oficia de abogado durante  el proceso –  ni del solicitante,  ni del demandado – recayendo esa actividad en los defensores públicos de familia designados o los abogados privados que las partes libremente designen.

     

     

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