Condenados por tenencia no para consumo de estupefacientes y tráfico interno de armas de fuego

Personal del Grupo de Reserva Táctica del Programa de Alta Dedicación Operativa, que realizaba tareas de patrullaje en las inmediaciones de las calles Los Cipreses y Los Eucaliptus en Ciudad del Plata, procedieron a detener la marcha de dos birrodados para realizar un control vehicular y de personas. Al momento de realizar la identificación uno de los conductores descendió de su moto e ingresó al predio de una finca, negándose a salir del lugar. Los funcionarios actuantes se entrevistaron con el propietario de la vivienda quien autorizó el ingreso de los policías, estos lograron identificar al hombre, el cual resultó tener 21 años de de edad y ser poseedor de antecedentes penales. Realizada una inspección sobre el recorrido que había realizado el hombre dentro del predio, hallaron un envoltorio de nailon con sustancia en piedra de color amarillento de similares características a la pasta base, con un peso de 81,28 gramos, por lo cual fue detenido y la sustancia incautada. En cuanto al segundo conductor, resultó tener 21 años de edad, el que también fue detenido. Enterada la Sra. Fiscal Letrada de Libertad dispuso actuaciones. Policía Científica realizó el relevamiento correspondiente. Culminadas las actuaciones llevadas a cabo por la Brigada Departamental Antidrogas, se pudo determinar que los hombres no serían ajenos a hechos delictivos vinculados al tráfico interno de armas de fuego, por lo que una vez finalizada la audiencia en el Juzgado Letrado de Libertad, el Magistrado condenó a F.D.M.B., como autor penalmente responsable de un delito previsto en el art. 31 del Decreto Ley nº 14.294, en la modalidad de tenencia no para consumo de estupefacientes en reiteración real, con un delito de tráfico interno de armas de fuego, a la pena de tres años y seis meses de penitenciaría. Mientras que al segundo hombre de 21 años de edad, lo condenó como autor penalmente responsable de un delito tráfico interno de armas de fuego, a la pena de seis meses de prisión. dicha pena, se cumplirá en régimen de libertad a prueba.
