Dos personas condenadas por delito de Receptación de Contrabando tras procedimiento de la Comisaría 7a. de Chapicuy

Próximo a las 22:00 horas de ayer, en circunstancias que personal de la Comisaría 7a. de Chapicuy, Dpto. de Paysandú, realizaba patrullaje de rutina en su jurisdicción, al pasar por el kilómetro 448 de la ruta 3 Gral. Artigas notó en posición dudosa una camioneta Chevrolet C10 matriculada en el Departamento de Soriano en la que viajaba una pareja.
De inmediato se detuvo la marcha identificando al rodado y las únicas personas que lo ocupaban, tratándose de A.L.A.S 35 años de edad, y su pareja N.S.C.R mujer de 30 años viéndose a simple vista que transportaban en la caja la cantidad de seis (6) bultos al parecer mercaderías procedencia de contrabando tratándose de cuatro bolsas de nylon negro y dos bolsos con nombres diferentes.
A la consulta ambos dijeron que venían de la ciudad de Salto donde compraron la mercadería con destino a la ciudad de Quebracho con el fin de venderla - tratándose de ropas y calzado – careciendo de recibos de compra y que en el trayecto quedaron sin combustible en el rodado por lo cual detuvieron la marcha.
En conocimiento la Fiscalía Departamental de 4to. Turno, se dio por enterada, que se incaute preventivamente la camioneta, la mercadería y que sea valuada por la Dirección Nacional de Aduanas, que las personas detenidas sean indagadas conforme al Art.61 del CPP, prosiguiendo a ese nivel con las actuaciones, donde en la tarde de hoy se dispuso la formalización de la investigación respecto de A.L.A.S de 35 años de edad y de N.S.C.R de 30 años, imputados y condenados por la comisión de un delito de receptación de contrabando, en calidad de autores, imponiéndole como pena: siete (7) meses de prisión a cumplirse en régimen de Libertad a Prueba bajo las siguientes condiciones: a) Residencia en un lugar determinado donde sea posible supervisación de la OSLA; b) Sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina; c) Presentación una vez por semana a la Seccional policial de su domicilio; d) Realización de trabajos comunitarios, una vez por semana, dos horas cada vez, según plan de intervención de OSLA, e) Prohibición de salir del País.
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