Jefatura de Policía de Colonia

Incautaron drogas, un arma, celulares y dinero por medio de la operación Colmena

Con el apoyo de la Fuerza Aérea y de la Guardia Republicana se llevaron a cabo diez allanamientos, donde detuvieron a ocho personas. Fueron condenadas a prisión por los delitos de negociación de estupefacientes, asociación para delinquir y tráfico interno de armas.
Incautación

Personal de la Brigada Departamental Antidrogas de la Jefatura de Policía de Colonia venía desarrollando tareas de inteligencia desde varios meses atrás, sobre la comercialización de sustancias estupefacientes prohibidas.

Como resultado de la acción policial se logró identificar puntos donde se estaba llevando a cabo la actividad ilícita.

En este sentido, se realizaron en forma simultánea y coordinada cuatro allanamientos en Montevideo y seis en Juan Lacaze desde donde se incautó: 22 celulares, $20.225, 20 gramos de pasta base, 757 gramos de marihuana, un auto, un arma de fuego, municiones y balanzas digitales, entre otros objetos. Al mismo tiempo que fueron detenidos seis hombres y dos mujeres.

Los detenidos, y una persona que se encontraba recluida en el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), fueron sometidos ante la Justicia de Rosario donde resultaron condenados.

Un hombre de iniciales J.F.G. como autor penalmente responsable de un delito continuado en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas en concurrencia fuera de la reiteración real con un delito de asociación para delinquir agravado, y estos en régimen de reiteración real con dos delitos de receptación a la pena de cuatro años y tres meses de penitenciaría.

Mientras que para los detenidos de iniciales V.E.B. y M.E.C.C. como autores penalmente responsables de un delito continuado en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas en concurrencia fuera de la reiteración real con un delito de asociación para delinquir agravado, y estos en reiteración real con un delito de trafico interno de arma de fuego y municiones a la pena de tres años y ocho meses de penitenciaría.

Al tiempo que, L.A.G.M. como autor penalmente responsable de un delito continuado en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas en concurrencia fuera de la reiteración real con un delito de asociación para delinquir agravado a la pena de tres años y seis meses de penitenciaría.

A su vez, para el hombre A.F.B.N. y la mujer O.Y.R.B. como autores penalmente responsables de un delito continuado en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes en concurrencia fuera de la reiteración real con un delito de asociación para delinquir agravado a la pena de dos años y ocho meses de penitenciaría.

C.N.M.B. y S.A.M. como autor penalmente responsable de un delito continuado en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes en concurrencia fuera de la reiteración real con un delito de asociación para delinquir agravado a la pena de tres años de penitenciaría.

Y para la mujer V.Y.C.A. como autora penalmente responsable de un delito en la modalidad de suministro de sustancia estupefaciente prohibida a la pena de dos años de penitenciaría.

 

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