Jefatura de Río Negro

En lucha contra el micro tráfico fueron procesados y formalizados cuatro personas adultas y un menor

Por procedimientos que se realizaron en diferentes zonas de la ciudad llevados adelante por Brigada Departamental Antidrogas, Zona operacional IV de la ciudad de Fray Bentos, departamento de Río Negro, culminaron con un menor y cuatro personas adultas detenidas que fueron condenadas y formalizadas

Dias pasado personal de Brigada Departamental Antidrogas realizo tareas de control y vigilancia en la fueron detenidos un hombre de 31 años de edad sin antecedentes penales y un menor de 13 años de edad, con la incautación total de 102 gramos de sustancia estupefaciente dando reactivo positivo a cocaína.

Continuando las actuaciones efectuaron allanamientos con el resultado de tres hombres poseedor de antecedentes penales, incautación de balanza de precision, cortes carcelarios, dinero en efectivo, sustancia estupefaciente 2.87 gramos dando reactivo positivo a cocaína.

Luego de instancia judicial en Juzgado Letrado de Fray Bentos mediante oficio se decreto  la formalización de M.D.A.V por la presunta comisión de “un delito de tenencia de estupefacientes no para consumo personal, en calidad de autor, con la medida cautelar de prisión preventiva por el término de 180 días”. 

En cuanto al menor finalizada audiencia en Juzgado Letrado de Fray Bentos mediante oficio se dispuso responsable por la comisión de una infracción grave a la ley penal tipificadas como “una asistencia a la negociación de estupefacientes a la pena de dieciséis (16) meses de medidas socio educativas no privativa de libertad a saber: obligación de mantenerse en el domicilio en horario de 22 horas a 6 horas por el término de los cuatro primeros meses con control policial aleatorio, orientación y apoyo mediante a la incorporación a un programa socio-educativo a cargo de INAU o de instituciones públicas o privadas por el plazo de un año, asistencia a centro educativo y tratamiento psiquiátrico por su adicción. Dispónese el decomiso definitivo de la sustancia estupefaciente incautada, para su destrucción.

La condena para J.I.C.P como autor penalmente responsable por "un delito de asistencia a la negociación de estupefaciente a la pena de dos (2) años y diez (10) meses de peniteniciaria".

La formalización de F.N.G.P.por "un delito de presunta participacion, un delito continuado de negociación de estufaciente, un delito de tráfico interno, fabricación de arma, municiones, explosivos, y otros materiales relaciones, dos deltios de receptación" con medida cautelar de prisión preventiva por el término de 180 dias y de J.P.P por "un delito de presunta participación, un delito continuado de negociación de estufaciente, un delito de tráfico interno, fabricación de arma, municiones, explosivos, y otros materiales relaciones, un delito de receptación en régimen de reiteración real con medida cautelar de prisión preventiva por el término de 180 dias".

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