Jefatura de San José

Operación “Delfín”. Dos años de penitenciaría para el autor de suministro de estupefacientes

Policías del GRT Zona I incautaron 36 envoltorios de sustancia blanca (cocaína) dinero y un birrodado a un motociclista en San José de Mayo. La justicia de San José decretó dos años de penitenciaría.
Droga incautada a un motociclista en la capital Dptal.

Minutos antes de la hora 10:00 del día 9 de Mayo, Efectivos del GRT Zona I en recorridas por la capital Dptal.,  desde una vivienda ubicada en calle Pbro Betancur casi Rincón, vieron salir a un masculino en una moto sin chapa matrícula, procediendo a identificarlo. Éste no acató la orden y se inició una persecución que culminó en calles España y Flores, donde cayó al pavimento y tras abandonar el birrodado y continuar la fuga a pie arrojó al piso un envoltorio de papel, para después ingresar a una vivienda sita en calle Durazno.

El envoltorio de papel contenía 36 envoltorios de papel amarillo con sustancia blanca, parecida a la cocaína.

Otra dotación de Zona I concurrió a la vivienda y le solicitó a la moradora que saliera el masculino. Éste accedió y fue derivado a la Seccional correspondiente. Se incautó la moto y dinero que llevaba consigo ($953 novecientos cincuenta y tres pesos uruguayos). En el lugar donde se encontró la sustancia, un equipo de Policía Científica realizó el relevamiento y los Efectivos de la BDA continuaron con las actuaciones. La Fiscalía de 2do Turno dispuso que permanezca detenido, indagatorias, informe y posterior conducción a la sede.

En la sede fiscal se realizó la prueba de la sustancia incautada arrojando resultado positivo para cocaína y/o derivados con un peso de 9,91g.

Cumplidas ambas instancias, El Juzgado Letrado de San José de 5to. Turno, “formalizó la investigación respecto de E.C.F.F de 19 años, por un delito de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas por la Ley en grado de tentativa y en calidad de autor, conforme a los Arts. 5, 60 Num.1º del Código Penal y Arts. 34 y 37 del Decreto Ley 14294 en su redacción actual, y por Sentencia Nº 51/2024 se condenó por el mismo delito a la pena de dos años de penitenciaria de cumplimiento efectivo, con descuento del tiempo de detención sufrido, siendo de su cargo las prestaciones accesorias de rigor. (Art. 105 literal “E” del Código Penal).

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