Préstamos para compra de vivienda usada o terreno 2023

Para Policías en actividad y retiro
La Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial abre llamado para el otorgamiento de préstamos hipotecarios para compra de vivienda usada o terreno en todo el territorio nacional, destinado a policías en actividad y retiro, de acuerdo a las siguientes condiciones:
Montevideo y Canelones
Se otorgarán 25 préstamos hipotecarios para la compra de vivienda usada por un monto de $3.200.000 cada uno y 12 préstamos para la compra de vivienda usada y/o terreno por un monto de $1.720.000 cada uno, para los departamentos de Montevideo y Canelones, en su conjunto.
Interior del país
Se otorgará por cada uno de los departamentos del interior del país, a excepción de Canelones, 1 préstamo hipotecario para la compra de vivienda usada por un monto de $ 3.200.000 (17 en total) y 2 préstamos para la compra de vivienda usada y/o terreno por un monto de $ 1.720.000 cada uno (34 en total).
Condiciones de los Préstamos:
El otorgamiento del préstamo se garantizará con hipoteca sobre la vivienda o el terreno.
Podrán incluirse en el monto del préstamo los gastos de honorarios de Escribano, Impuestos, legales, construcción y refacción
Préstamos hipotecarios para compra de vivienda usada por un monto de $ 3.200.000 (pesos uruguayos tres millones doscientos mil) cada uno en un máximo de 300 (trescientas) cuotas mensuales con una tasa de interés del 1% (uno por ciento) anual y un interés moratoria del 6% (seis por ciento) anual.
Préstamos hipotecarios para compra de vivienda usada y/o terreno por un monto de $ 1.720.000 (pesos uruguayos un millón setecientos veinte mil) cada uno en un máximo de 200 (doscientas) cuotas mensuales y con una tasa de interés del 1% (uno por ciento) anual y un interés moratorio del 6 % (seis por ciento) anual.
¿Dónde y cómo inscribirme?
Período de inscripción: del 17 de julio al 11 de agosto de 2023 inclusive.
Lugares: las inscripciones se realizan únicamente de manera presencial en todas las oficinas del país.
En Montevideo, Sede Central de Julio Herrera y Obes 1466 a través del Mostrador Único de Atención Personalizada en el horario de 9 a 15 horas.
En el interior del país, la recepción es en las Oficinas Departamentales de cada localidad. Ver horarios y direcciones
Requisitos
Ser funcionario/a policial en actividad o retirado/a aportante al Fondo de Tutela.
La edad requerida para el otorgamiento de los préstamos a retirados policías debe ser menor de 60 años.
En todos los casos el plazo de cancelación no podrá exceder los 70 años del solicitante.
Antigüedad institucional no menor a 5 años.
Residir en el Departamento por el cual presenta su postulación.
No poseer vivienda en propiedad, ni ser promitente comprador de un inmueble, no ser titular de derecho de uso y goce de viviendas financiadas por el Estado, no haber sido destinatario efectivo de un subsidio habitacional proporcionado por el Estado.
No encontrarse amparado al S.T.I.P. (Subsidio Transitorio de Incapacidad Parcial), ni sometido a un proceso disciplinario al momento de la solicitud y del otorgamiento del préstamo hipotecario.
No encontrarse excedido en sus haberes policiales, debiendo contar con un disponible superior al 30% o 35% del salario nominal (según corresponda atento a la normativa vigente) más la cuota a pagar.
No encontrarse embargados ni el titular, ni el cónyuge o concubino/a reconocido judicialmente.
El monto solicitado estará sujeto a la disponibilidad del recibo de sueldo y no deberá encontrarse en categorías 4 y 5 de la Central de Riesgo Crediticio del Banco Central al momento de su verificación por el Departamento Contable.
Documentación a presentar:
Cédula de Identidad del solicitante, vigente.
Último recibo de cobro.
Constancia de domicilio, la que debe concordar con el Departamento por el cual concursa (Servicios a nombre del solicitante o constancia de Seccional Policial).
Concepto Funcional con vigencia no mayor a 30 días (activos).
Formulario A que deberá incluir negativo de sumario (solicitar en Unidad Presupuestal).
Partida de Matrimonio o sentencia de reconocimiento concubinario, en caso que corresponda. Cuando
Sorteo
En caso de que las solicitudes superen los cupos referidos, se procederá a realización de sorteos a llevarse a cabo el ante Escribano Público por la cantidad de cupos referidos e igual cantidad de suplentes exclusivamente para este sorteo.
Normativa: Decreto 344/917, Decreto 397/975 del 20 de mayo de 1975 y resoluciones DNASSP 1445/023 y 1446/023.