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Homicidios en Uruguay: criterios metodológicos y comparabilidad estadística entre los datos del Ministerio y Fiscalía

Investigaciones

Resumen: El presente informe conjunto entre el Ministerio del Interior y la Fiscalía General de la Nación tiene como objetivo clarificar las diferencias metodológicas entre las estadísticas de homicidio producidas por ambas instituciones, y desarrolla un análisis comparativo de las cifras correspondientes a los años 2024 y 2025. El informe concluye que ambos enfoques son metodológicamente válidos y responden a criterios técnicos y finalidades institucionales distintas. Para analizar la evolución de los “Homicidios Dolosos Consumados”, la referencia estadística es la que publica el Ministerio del Interior. La Fiscalía, en cambio, es competente para informar sobre la situación procesal de los casos (en investigación, formalizados, con condena, archivados, etc.) lo que permite una descripción más precisa de los hechos, superando el concepto de “aclarado”.

Introducción

El presente informe conjunto entre el Ministerio del Interior y la Fiscalía General de la Nación tiene como objetivo clarificar las diferencias metodológicas entre las estadísticas de homicidio producidas por ambas instituciones. Asimismo, desarrolla un análisis comparativo de las cifras correspondientes a los años 2024 y 2025.

Diferencias metodológicas

En comparación con otros indicadores delictivos, los homicidios presentan un bajo nivel de subregistro, lo que convierte a su tasa en uno de los indicadores más robustos para medir los niveles de violencia. No obstante, en años recientes se ha vuelto frecuente la formulación de reclamos y cuestionamientos respecto de la fiabilidad de las estadísticas oficiales.

Uno de los principales factores que introduce incertidumbre en el debate público es la divergencia histórica entre las cifras del Ministerio del Interior y las de la Fiscalía General de la Nación. Esta discrepancia obedece, fundamentalmente, a diferencias metodológicas asociadas a los cometidos específicos de cada institución.

En efecto, la Fiscalía General de la Nación contabiliza todas las investigaciones iniciadas con la carátula “Homicidio” registradas en el Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP) y en el Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio de Uruguay (SIPPAU). El Ministerio del Interior, en cambio, aplica el estándar estadístico internacional establecido por la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (ICCS), lo que supone una revisión detallada de cada evento para determinar si se ajusta a la definición de homicidio intencional adoptada por la Organización de Naciones Unidas.

En este marco, el Ministerio del Interior excluye del conteo aquellas muertes que, si bien figuran inicialmente bajo la carátula de “Homicidio”, cuentan con información suficiente para ser clasificadas estadísticamente como presuntas muertes justificadas. Por ejemplo, en casos de presunta legítima defensa o de presunto uso legítimo de la fuerza policial. Del mismo modo, incorpora hechos que hayan sido inicialmente tipificados de otra manera, pero que, tras el análisis correspondiente, cumplen con la definición estadística de homicidio intencional.

Estas diferencias no reflejan inconsistencias, sino la coexistencia de criterios técnicos y finalidades institucionales distintos: mientras la Fiscalía General de la Nación mantiene un registro de carácter procesal vinculado a la gestión de las investigaciones penales, el Ministerio del Interior produce estadísticas criminales comparables a nivel internacional, orientadas al seguimiento temporal y territorial de los homicidios intencionales.

Por ello, para el análisis de la evolución de los “Homicidios Dolosos Consumados”, la referencia estadística es la que difunde el Ministerio del Interior. La Fiscalía, por su parte, es el organismo competente para informar sobre formalizaciones, imputaciones y la situación procesal de los casos, determinando cuándo un hecho se encuentra en etapa de formalización, con condena, en investigación, archivado, etc. superando el concepto de “aclarado”.

A pesar de ello, ambas instituciones actúan dentro de sus competencias legales y, en virtud de la Ley N.º 18.381 sobre acceso a la información pública, deben proporcionar toda la información que obre en su poder, salvo las excepciones previstas por la normativa vigente. En este marco, resulta fundamental reafirmar el compromiso de profundizar la coordinación interinstitucional para fortalecer la rendición de cuentas, mejorar la transparencia del sistema penal uruguayo y contribuir a su legitimidad, así como a un debate público más informado y de mayor calidad.

Análisis comparado 2024-2025

Siguiendo las pautas metodológicas planteadas, el análisis comparado de las cifras difundidas por el Ministerio del Interior y por la Fiscalía General de la Nación debe considerar primero que los totales no son equivalentes porque responden a cortes temporales distintos: el Ministerio cerró el 23 de enero de 2026 y la Fiscalía el 27 de enero, incorporando hechos registrados con posterioridad (Tabla 1).

Tabla N° 1. Víctimas de homicidios difundidas públicamente (Uruguay, 2024 / 2025)

Institución

2024

2025

Fiscalía General De La Nación

Víctimas Fallecidas en Denuncias con Título Homicidio Consumado

(Fecha de Cierre: 27/01/2026)


 

399


 

386

Ministerio del Interior 

Homicidios Dolosos Consumados

(Fecha de Cierre: 23/01/2026)


 

382


 

369

Fuente: Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP) y Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio de Uruguay (SIPPAU).

Elaborado por: Área de Estadística y Criminología Aplicada, Ministerio del Interior; Departamento de Políticas Públicas, Fiscalía General de la Nación.

 

Además, el Ministerio del Interior excluye casos que inicialmente figuran como “Homicidio” pero que, con información suficiente, se clasifican estadísticamente como presuntas muertes en defensa propia, resultantes de presuntas intervenciones legales, o cuya causa aún no está determinada o no cuenta con evidencia suficiente para considerarse homicida (Tabla 2).

Tabla N° 2. Desagregación de víctimas de homicidio difundidas por la Fiscalía General de la Nación según la clasificación del Ministerio del Interior (Uruguay, 2024 / 2025).

Clasificación del Ministerio del Interior

2024

2025

Homicidios dolosos consumados al 23/01/2026 (AECA, Ministerio del Interior)

380

365

Homicidios dolosos consumados posteriores al 23/01/2026 (AECA, Ministerio del

Interior)

0

2

Presuntas muertes justificables en defensa propia (AECA, Ministerio del Interior)

6

5

Presuntas muertes por intervenciones legales (AECA, Ministerio del Interior)

11

11

Causas no claras o no homicidas (AECA, Ministerio del Interior)

1

3

Homicidio registrado en el año 2019

1

0

Fiscalía General de la Nación (Fecha de cierre: 27/01/2026)

399

386

Fuente: Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP) y Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio de Uruguay (SIPPAU).

Elaborado por: Área de Estadística y Criminología Aplicada, Ministerio del Interior; Departamento de Políticas Públicas, Fiscalía General de la Nación.

 

Por último, el Ministerio del Interior incluye como “Homicidios Dolosos Consumados” algunos hechos tipificados penalmente de otra forma, cuando el análisis determina que cumplen con la definición de homicidio intencional del estándar internacional ICCS (Tabla 3).

Tabla N° 3. Desagregación de víctimas de homicidio difundidas por el Ministerio del Interior (Uruguay, 2024 / 2025)

Clasificación del Ministerio del Interior

2024

2025

Homicidios dolosos consumados, al 23/01/2026 (AECA, Ministerio del Interior)

380

365

Homicidios dolosos consumados, tipificados como otros delitos en el SGSP (AECA, Ministerio del Interior)

2

4

Ministerio del Interior (Fecha de cierre: 23/01/2026)

382

369

Fuente: Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP).
Elaborado por: Área de Estadística y Criminología Aplicada, Ministerio del Interior.
 

En definitiva, ambos enfoques son metodológicamente válidos y responden a criterios técnicos y finalidades institucionales distintas. Las diferencias históricas entre las cifras de la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio del Interior se explican por estos distintos procesos de registro y clasificación.

Para analizar la evolución de los “Homicidios Dolosos Consumados”, la referencia estadística es la que publica el Ministerio del Interior. La Fiscalía, en cambio, es competente para informar sobre la situación procesal de los casos (en investigación, formalizados, con condena, archivados, etc.) lo que permite una descripción más precisa de los hechos, superando el concepto de “aclarado”.

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