Reincidencia penitenciaria

Informes

Al centrarse en los privados de libertad que vuelven a ser privados de libertad luego de reincidir, este indicador refleja la problemática asociada a delincuentes de mayor peligrosidad que cometen los delitos más graves. Entre otros aspectos, este indicador permite evaluar el grado en que logran evitar el reingreso de sus ex-reclusos los distintos establecimientos penitenciarios.

Introducción

La reincidencia delictiva alude a la comisión reiterada de conductas delictivas y es utilizada para evaluar la efectividad del sistema penal en cuanto a sus capacidades de reinserción y rehabilitación. Ya sea interpretada desde una perspectiva de seguridad pública (la reiteración de un comportamiento delictivo), desde una perspectiva jurídica (la reiteración de una condena) o desde una perspectiva penitenciaria (el reencarcelamiento), la reincidencia delictiva constituye un criterio central e imprescindible para medir el éxito o fracaso del sistema penal y de la política criminal.

A pesar de ello, en el derecho comparado no existe una definición universal de reincidencia delictiva (Zaffaroni 2022) y su operacionalización es compleja y depende de las necesidades, los intereses y los objetivos de las instituciones que desarrollen y utilicen el indicador. Como se  lanteó anteriormente, la reincidencia delictiva contiene diferentes dimensiones y opera en el contexto de políticas criminales diversas y no necesariamente coherentes entre sí, tanto respecto de las etapas de actuación del sistema penal como de las instituciones que contribuyen a su diseño y ejecución, cada una de las cuales aplica la reincidencia según los términos de su mandato y necesidades (Villagra Pincheira, Espinoza Mavila, and Martínez Mercado 2014).

Por esa razón, las tasas generales de reincidencia siguen siendo difíciles de comparar entre países, dado que parten de definiciones teóricas y operativas diferentes, y aplican prácticas variadas de registro (Yukhnenko, Sridhar, and Fazel 2022). En definitiva, la decisión respecto de la metodología que se utilice en cada caso debe estar precedida de la definición de los objetivos que se quieran alcanzar con dicha medición.

En Uruguay no se había definido hasta ahora la reincidencia delictiva. Con el objetivo de definir, calcular e institucionalizar el indicador, el Ministerio del Interior puso en marcha un equipo de trabajo compuesto por representantes de la División de Estadísticas y Análisis Estratégico, la División Sistemas de Información, y la Dirección Nacional de Libertad Asistida. A su vez, se emprendieron una serie de reformas técnicas de los sistemas de información del Ministerio del Interior –Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP) y del Sistema de Gestión Carcelaria (SGC)– que posibilitaran su cálculo. Finalmente, y con el objetivo de discutir la metodología a emplear, se convocó también a representantes de la academia, del Poder Judicial y de la Fiscalía General de la Nación.

Como resultado de este proceso, se plantea la creación de un indicador sobre reincidencia penitenciaria que puede calcularse a partir del año 2019.

A continuación, se detalla el alcance de cada concepto, así como también sus implicancias metodológicas.

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