Ley N° 17.951 de fecha 08/01/2006 Erradicación de la Violencia en el Deporte
Artículo 1 (Definición).- Se entiende por violencia en el deporte toda conducta
agresiva, de hecho o de palabra, dirigida contra el público en general,
participantes o autoridades organizativas de un espectáculo deportivo,
producida antes, durante o después del espectáculo, que tienda a
perturbar su normal desarrollo o a incidir en el resultado por medio de
la coacción física o verbal. Se incluye, asimismo, la conducta de tales
características producida en las inmediaciones del escenario y como
consecuencia de la celebración del evento deportivo.