Dirección Nacional de Políticas de Género
En el año 2020, en procura de potenciar y jerarquizar institucionalmente el abordaje que realizaba el Ministerio del Interior en materia de violencia doméstica y de género, se crea la Dirección Nacional de Políticas de Género (DNPG) mediante la Ley Nº 19.889/020, reglamentada por Decreto N° 63/021 del 18 de febrero de 2021.
Esta Dirección Nacional viene llevando a cabo distintas acciones que van desde la capacitación del Funcionariado (en materia de DDHH, género, diversidad, perspectiva étnico racial), generación de conocimiento, cooperación con otras instituciones responsables en la respuesta en materia de VDG, trata y explotación de personas, discriminación racial, violencia hacia NNA.
Antecedentes en las políticas de seguridad pública con perspectiva de DDHH, género y diversidad en el MI.
Aportar al diseño, implementación y monitoreo de las políticas institucionales con perspectiva de género y derechos humanos, articulando con otras instituciones, supervisando la aplicación de las mismas en las políticas de seguridad pública (Art. 3 Decreto N° 63/021).
Dirección Nacional de Políticas de Género tiene como cometido abordar integralmente la perspectiva de género, incorporándola en las políticas de seguridad pública y en las de gestión y desarrollo humano, así como coordinar, apoyar, monitorear y evaluar su efectiva implementación por las Unidades policiales, teniendo como ejes temáticos centrales, la erradicación de la violencia doméstica y basada en género y la igualdad y no discriminación entre mujeres y varones.
Los ejes temáticos que aborda esta Dirección Nacional desde la perspectiva técnica, giran entorno a la violencia doméstica y de género, violencia a niños, niñas y adolescentes, trata tráfico y explotación de personas, diversidad sexual y perspectiva étnico racial. Participa en representación del Ministerio de Interior en distintos espacios interinstitucionales relacionado con sus competencias y dispuestos por la legislación vigente, para dar cumplimiento a las directrices en materia de políticas públicas dispuestas por la Ley Nº 19.580/018 “Ley de violencia hacia las mujeres basada en género” (Ley de carácter integral).
1 - Generar conocimiento sobre la materia violencia doméstica y de género, para asesorar a las
autoridades del Ministerio del Interior en la transversalización de la perspectiva de género, en el diseño,
elaboración y evaluación de las Políticas de Seguridad Pública.
2 - Integrar y fortalecer la perspectiva de género, contribuyendo al diseño, elaboración y evaluación de una
política integral que brinde respuestas eficaces para la prevención, detección y erradicación de la violencia
doméstica y de género, en coordinación con otras instituciones estatales y civiles.
3 - Aportar y promover al proceso de profesionalización del funcionariado del Ministerio del Interior,
incorporando la perspectiva de género a las políticas de gestión humana
La Dirección Nacional de Políticas de Género tiene superintendencia técnica sobre:
Dirección Departamental Especializada en Violencia Doméstica y Género - Ver más
Dirección de Monitoreo Electrónico ( DIMOE ) - Ver más
Departamento de Género y Diversidad – Instituto Nacional de Rehabilitación - Ver más
Comisión Permanente de Acoso Sexual - Ver más
Consejo Nacional de Género
Ley N° 19.846, Artículo 16, inciso 1º.Consejo Nacional Consultivo Por Una Vida Libre De Violencia De Género Hacia Las Mujeres
Ley N° 19.580, Artículo 13, literal d.Comisión honoraria interinstitucional del observatorio sobre la violencia basada en género hacia las mujeres
Ley N° 19.580, Artículo 18. Nueva redacción dada por la Ley N.º 19924, Articulo 508.
Comisión Nacional Honoraria De Protección al Trabajo Sexual
ley n° 17.515, artículo 5.Sistema Integral De Protección A La Infancia Y Adolescencia Contra La Violencia (SIPIAV)
Ley N° 19.747, Artículo 5.Comité nacional para la erradicación de la explotación sexual
comercial y no comercial de la niñez y la adolescencia (conapees)
decreto 358/2004 inau, artículo 2.Comisión Especial Honoraria Reparatoria Para Las Personas Trans Ley N° 19.684, Artículo 11.
Consejo nacional coordinador de políticas públicas de diversidad sexual Decreto N.º 321/2015, artículo 2, numeral 1°.
Consejo Nacional de prevención al combate de la trata y explotación de personas” (CNTE).
Ley N° 19.643, artículo 7.
Consejo Consultivo Nacional De Equidad Racial, Étnico Y Afrodescendencia
Decreto N°81/019.Comisión honoraria contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación
ley n° 17.817, artículo 3.