Tipos de residencias en Uruguay

Instructivo

En Uruguay existen dos tipos de residencia: la definitiva y la temporaria. Depende del tiempo, los motivos, la nacionalidad, y la familiaridad con uruguayos qué tipo de residencia es la que puede solicitar la persona interesada.

La residencia es la autorización gubernamental que habilita a un extranjero a residir, estudiar y trabajar en un país. Para solicitar la residencia se debe hacer un trámite en la Dirección Nacional de Migración.

Existen diferentes trámites para residir en Uruguay, de acuerdo a la situación y necesidades de cada persona.

Importante: en caso de cumplir con los criterios y requisitos una persona puede solicitar directamente la residencia definitiva. No es necesario tramitar antes la residencia temporaria.

Residencia temporaria

Es la que deben solicitar las personas que quieren permanecer en el país por un plazo superior a 180 (ciento ochenta) días, pero menor a 2 (dos) años.

Residencia definitiva

Para los casos en que la intención del solicitante es permanecer en el país en forma permanente  o si vence su residencia temporaria y quiere transformarse en residente definitivo.

Hoja de identidad provisoria

Habilita al solicitante a trabajar en el país por un periodo máximo de 180 (ciento ochenta) días renovable por 180 días más de acuerdo al Decreto 238/022. Este documento regulariza la situación de una persona que reside y trabaja en el país por un tiempo limitado. También pueden acceder a ella los nómades digitales.

Para saber más sobre este documento, ingresa al trámite de Hoja de identidad provisoria

Documento especial fronterizo

Es un tipo de residencia otorgada en base al Acuerdo firmado entre Uruguay y Brasil para  que puedan residir, estudiar o trabajar los nacionales fronterizos uruguayos y brasileños de algunas localidades. Estas son:

  • Chuy. 18 de Julio, La Coronilla y Barra del Chuy (Uruguay) a Chuí, Santa Vitória do Palmar/balneario do Hermenegildo y Barra do Chuí (Brasil).
  • Río Branco (Uruguay) a Jaguarao (Brasil).
  • Aceguá (Uruguay) a Aceguá (Brasil).
  • Rivera (Uruguay) a Santana do Livramento (Brasil).
  • Artigas (Uruguay) a Quaraí (Brasil).
  • Bella Unión (Uruguay) a Barra do Quaraí (Brasil).

Hay tres tipos de Residencias definitivas

  1. Residencia definitiva 

Es la residencia que puede pedir cualquier persona con nacionalidad fuera del Mercosur, con ánimo de residir permanentemente en el país.

  1. Residencia definitiva Mercosur

Se otorga a las personas nacidas o nacionalizadas en países del Mercosur y Asociados: Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam y Guyana. 

  1. Residencia definitiva con vínculo con uruguayo

Se otorga a los extranjeros familiares de uruguayos (cónyuge, concubino, padres, hermanos).

Para saber más información sobre el proceso de solicitud de trámite podés acceder a Solicitud de residencia.
Para conocer los documentos requeridos y solicitar tu residencia definitiva, ingresa al trámite en línea.
 

Hay dos tipos de Residencia temporaria:

  1. Residencia temporaria

Es el trámite que deben realizar las personas extranjeras que decidan radicarse en Uruguay en forma temporaria por un plazo no menor a 180 días y un máximo dos (2) años. La persona que solicita la residencia temporaria debe acreditar poseer la actividad que da origen a su solicitud.

Actividades:

Para trabajadores y empresarios: Carta membretada donde se especifique actividad que desarrolla y el plazo de contratación por el empleador, indicando remuneración mensual si correspondiere o modo de manutención. Dicha carta deberá ser acompañada de comprobante firmado por escribano o institución donde ser acredite todos los datos de la empresa.

Estudiantes: Probar la calidad de estudiante mediante certificado oficial de la institución educativa (en el caso de ser un instituto privado, irá acompañado de certificación de un escribano) Además, se deberá acreditar medios de vida, los cuales deberán ser suficientes para su manutención. En caso de no poseer medios de vida propios, puede aportar los de un familiar y acreditar dicho vínculo. Si los medios de vida provienen del exterior, aportar certificación de un escribano. Este tipo de residencia se concede hasta por un año, prorrogable por iguales períodos.

Religiosos: Religiosos pertenecientes a iglesias, órdenes o congregaciones reconocidas en el país, que vengan a desarrollar actividades propias de su culto, docente o asistenciales, deberán presentar certificado expedido por la congregación o iglesia a la que pertenece en hoja membretada, donde se establezca las actividades a desarrollar por los peticionantes, la duración de su misión y constancia de manutención. A ello se le adjuntará certificación de escribano en la que se acredite la personería jurídica y demás datos correspondiente a la Asociación Civil.

  1. Residencia temporaria Mercosur

Es el trámite que debe realizar toda persona nacida o con más de 5 años de nacionalización en los países del Mercosur y Asociados (Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam y Guyana) que quiera radicarse en Uruguay en forma temporaria por un plazo máximo dos (2) años.

La Residencia Temporaria Mercosur tendrá una duración de dos años renovables por igual período por única vez. Dicha renovación deberá solicitarse dentro de los 90 días antes de su vencimiento. Para solicitar prórroga de la residencia se deberá contactar a través de la casilla de correo electrónico, dnm-residenciastemporarias@minterior.gub.uy  

Si es residente temporario Mercosur y quiere cambiar de categoría a Residencia Definitiva Mercosur deberá contactarse a través del correo: residenciasdefinitivasley20075@minterior.gub.uy

Para saber más información sobre el proceso de solicitud de trámite podés acceder a Solicitud de residencia.
Para conocer los documentos requeridos y solicitar tu residencia definitiva, ingresa al trámite en línea.

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