Bases hacia la construcción del 1er. Plan Nacional por la Accesibilidad y los Derechos de las Personas con Discapacidad

Institucionalidad

CAPÍTULO II

INSTITUCIONALIDAD

Artículo 3. (Objetivos de la creación de una institucionalidad de la discapacidad). - Se Perseguirán los siguientes objetivos:

  1. Impulsar un modelo de prestaciones y apoyo destinadas a personas con discapacidad, integral basado en políticas articuladas, programas integrales y acciones de promoción, protección, intervención oportuna y, siempre que sea posible, la recuperación de la autonomía de aquellas personas que se encuentren en situación de discapacidad.
    1. Promover la participación articulada y coordinada de prestadores de servicios y prestaciones, públicas y privadas.
    2. Promover la optimización de los recursos públicos y privados destinados a la atención de las personas con discapacidad, racionalizando el aprovechamiento de los recursos humanos, materiales, financieros y de la capacidad instalada y a crearse.
    3. Promover la regulación de todos los aspectos relativos a la prestación de los servicios públicos y privados de atención a personas con discapacidad.
    4. Impulsar la descentralización territorial, buscando contemplar las necesidades específicas de cada comunidad y territorio.
    5. Bregar por la eficiencia en la gestión de políticas de discapacidad.
    6. Generar autonomía presupuestal en la gestión de la políticas de discapacidad.
    7. Promover una participación activa de la sociedad civil en la gestión de las políticas de discapacidad.
    8. Garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad.

Artículo 4. (Estructura institucional). La institucionalidad de la discapacidad estará constituida por:

  1. La Junta Nacional de Discapacidad.
  2. El Instituto Nacional de Discapacidad.
  3. La Comisión Nacional de Participación de Personas con Discapacidad.

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