Contextualización y marco normativo de la Educación Inclusiva
La educación es un derecho humano fundamental reconocido principalmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y otros instrumentos normativos internacionales. Asimismo, es uno de los principios rectores de la Agenda Mundial para la Educación 2030 de Naciones Unidas (ONU, 2015), que apunta a garantizar el disfrute pleno de este derecho como catalizador para un desarrollo sostenible. Nuestro país promueve la Agenda de Desarrollo 2030 e incorpora los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), entre los cuales el ODS 4 supone garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad para todas las personas, promoviendo oportunidades de aprendizaje durante toda la vida.
Dentro de las metas para dar cumplimiento a dicho objetivo, se destacan las siguientes:
- eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños y niñas en situaciones de vulnerabilidad
- construir y adecuar instalaciones educativas que tengan en cuenta las necesidades de niños, niñas y personas con discapacidad, así como las diferencias de género para ofrecer entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todas las personas.
En el contexto de nuestro país, la Educación Inclusiva representa una línea transversal del Plan de Política Educativa Nacional del MEC, que reúne los principios generales que orientan las políticas educativas a desarrollar durante el periodo 2020 - 2025.
En este sentido, desde el enfoque de Derechos Humanos, la Dirección Nacional de Educación (DNE) del MEC tiene el propósito de impulsar políticas educativas inclusivas y garantizar el derecho a la educación de todas las personas. Uno de sus fines es garantizar el acceso, la permanencia, y el aprendizaje de todo el estudiantado, con énfasis en quienes están en riesgo de exclusión, como es el caso de las personas con discapacidad. Además, se promueve la sensibilización, el conocimiento y la educación en derechos humanos en los diferentes espacios educativos. En este sentido, se debe pensar y rediseñar la modalidad de los centros educativos para que habiliten, incluyan y protejan a todo el estudiantado.
Uruguay cuenta con un amplio marco normativo que contempla la accesibilidad e inclusión para todas las personas en todos los ámbitos. En este sentido, la Ley N° 18.418 (2008) aprueba y adhiere a la Convención internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), exigiendo la presentación periódica de informes sobre avances en el cumplimiento de la Convención.
El primer Informe País fue remitido en 2016 y recibió, por parte del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un conjunto de observaciones finales en relación al cumplimiento de los artículos de la Convención. Específicamente en cuanto a Educación Inclusiva, se señalan dos recomendaciones:
- implementar un plan para una transición hacia la Educación Inclusiva de calidad, capacitando a docentes y disponiendo de los apoyos y recursos necesarios
- desarrollar e integrar los derechos de las personas con discapacidad como elemento obligatorio en la formación de docentes, y adoptar una política de no rechazo para la admisión de estudiantes con discapacidad.
Otros instrumentos normativos vigentes son los siguientes:
- Ley N.º 17.378 (2001) de Reconocimiento a la Lengua de señas uruguaya como la lengua natural de las personas sordas
- Ley N.° 18.437 General de Educación (2008) que reconoce el derecho a la educación para todos brindando los apoyos requeridos necesarios para todas las personas
- Ley N° 18.651 (2010) de Protección integral de las personas con discapacidad en la que se compromete al Estado a promover, proteger y asegurar su derecho a la educación
- La Ley N.º 19.262 (2014) que adhiere al Tratado de Marrakech para facilitar el acceso de personas con discapacidad visual a obras publicadas
- Decreto N.º 350/022 “Protocolo de actuación para garantizar el derecho a la Educación Inclusiva de las personas con discapacidad”, fruto de la actualización del primer Protocolo de actuación para la inclusión de personas con discapacidad (Decreto N° 72/017, 2017). Ambos protocolos fueron elaborados por la Comisión de Continuidad Educativa y Socio Profesional para la Discapacidad, con el fin de que los centros educativos cuenten con una guía de referencia, para instaurar buenas prácticas inclusivas en los ámbitos educativos tanto públicos como privados
- Plan de Política Educativa Nacional 2020-2025, que reconoce e incorpora a la Educación Inclusiva como eje clave para la política educativa del país.