Trámites

  • Legalización de títulos y documentos estudiantiles firmados por autoridades nacionales

    https://www.gub.uy/tramites/legalizacion-titulos-documentos-estudiantiles-firmados-autoridades-nacionales

    Es la legalización de Documentos Estudiantiles firmados por Autoridades Nacionales a efectos de ser presentados en el extranjero.

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  • Levantamiento de Suspensión de Personería Jurídica

    https://www.gub.uy/tramites/levantamiento-suspension-personeria-juridica

    Es el trámite mediante el cual las Asociaciones Civiles y Fundaciones  solicitan el levantamiento de la suspensión de la personería jurídica de su institución.

    Las Asociaciones Civiles y Fundaciones, cuyos estatutos hubieran sido aprobados antes del 1 de junio de 2018, están obligados a realizar el Censo de Asociaciones Civiles y Fundaciones dispuesto por el artículo 137 de la Ley 19.535 de 25 de septiembre de 2017.

    Aquellas entidades que, obligadas a efectuarlo, no lo hubieran realizado se encuentran con su personería jurídica suspendida, pudiendo la Administración al amparo de la norma citada, disponer la cancelación de la misma, según Resolución del Ministerio de Educación y Cultura n.º 0864/018 de 13 de septiembre de 2018.

  • Modificación de Representación o sede de Sociedades Comerciales

    https://www.gub.uy/tramites/modificacion-representacion-sede-sociedades-comerciales

    Es el trámite mediante el cual se inscribe en el Registro Nacional de Comercio todo nombramiento de administrador, director o representante por acto distinto del contrato o estatuto social, así como su cese o revocación.

    Es el trámite que también permite inscribir cambio de sede social en el Registro Nacional de Comercio.

    En cumplimiento del Art. 86 Ley 16.060 y Art 13 Ley 17.904

     

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  • Prestación internacional de alimentos

    https://www.gub.uy/tramites/prestacion-internacional-alimentos

    Es la solicitud por la cual se requiere la fijación de una pensión alimenticia, su modificación o la ejecución de una preexistente, cuando el deudor alimentario se encuentra radicado en un país DISTINTO al Uruguay.

    NO APLICA cuando el acreedor y deudor alimentario se encuentran radicados en el Uruguay.

    Puede solicitarlo toda persona que sea titular de un derecho de alimentos, o quién actúe en su representación.

    A tales efectos, el Uruguay forma parte del Convenio de Naciones Unidas sobre obtención de alimentos en el extranjero (Nueva York 1956)

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  • Reconocimiento de Personería Jurídica en Uruguay para Organizaciones Internacionales No Gubernamentales Sin Fines de Lucro al amparo de los Decretos N° 334/970, N° 423/023 y N° 282/024

    https://www.gub.uy/tramites/reconocimiento-personeria-juridica-uruguay-organizaciones-internacionales-no-gubernamentales-sin-fines-lucro-amparo-decretos-ndeg-334970-ndeg-423023-ndeg-2

    A través de este trámite se podrá solicitar el reconocimiento, reforma o disolución de organizaciones internacionales sin fines de lucro que persiguen objetivos que no refieren a un Estado determinado sino a la comunidad internacional.
     

    En caso que la institución ya tenga personería jurídica reconocida en otro país no podrá ser reconocida al amparo de los decretos relacionados, deberá tramitar una autorización para funcionar de instituciones extranjeras  ya que se encontrará amparada los artículos 36 y 37 de la Ley N° 19.920.
     

     

     

  • Régimen Internacional de Visitas de Menores de 16 años

    https://www.gub.uy/tramites/regimen-internacional-visitas-menores-16-anos

    Es la solicitud por la cual se requiere la fijación de un régimen internacional de visitas de un menor de 16 años de edad, el cual reside habitualmente en un Estado distinto al solicitante. Para peticionarlo, el solicitante debe tener ese derecho de conformidad con la legislación del Estado de la residencia habitual del menor. Asimismo, podrá solicitarse el cumplimiento de un acuerdo judicial preexistente.

    Este derecho comprende – aunque no se limita a ello – al traslado del menor al Estado donde reside el solicitante, por un período determinado de tiempo, luego del cual, el menor deberá retornar al Estado de su residencia habitual. Asimismo, y dependiendo del país donde reside el menor, podrán fijarse visitas virtuales.

     La nacionalidad del menor de edad resulta absolutamente intrascendente.

    A tales efectos, el Uruguay forma parte del Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y de  Convención Interamericana de Montevideo de 1989 sobre Restitución Internacional de Menores.

    CASOS SALIENTES - Procedimiento para solicitar la fijación o ejecución de un régimen internacional de visitas de un menor de 16 años que reside  en forma habitual en un Estado distinto al Uruguay, a ser usufructuado en el Uruguay.

    CASOS ENTRANTES - Procedimiento para solicitar la fijación o ejecución de un régimen internacional de visitas de un menor de 16 años que reside  en forma habitual en Uruguay, a ser usufructuado en el exterior.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Toda persona que sea titular de un derecho de visitas, de conformidad a la ley del Estado de residencia habitual del menor

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  • Registro de derechos de autor

    https://www.gub.uy/tramites/registro-derechos-autor

    Es la inscripción que realiza todo autor de una producción intelectual, así como de los respectivos contratos de cesión de derechos que suscriba, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 9.739, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 17.616 de Derecho de Autor y Derechos Conexos del 10 de enero del 2003, y el decreto reglamentario 154 del año 2004..

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  • Registro de instituciones culturales y de enseñanza

    https://www.gub.uy/tramites/registro-instituciones-culturales-ensenanza

    Es el Registro de Instituciones Privadas que tienen como actividad única o predominante, la enseñanza, práctica o difusión de la cultura, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 448 de la Ley N°16.226 de fecha 29 de octubre de 1991 y el Decreto N°166/008 y sus modificativas de fecha 14 de marzo de 2008, a los efectos de ampararse en lo dispuesto por el Artículo N° 69 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA.

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  • Registro de investigadores

    https://www.gub.uy/tramites/registro-investigadores

    Es la solicitud de Registro como Investigador para acceder a la consulta de material bibliográfico de carácter restringido dado su valor patrimonial.

    El registro permite realizar consultas en: Sala de Lectura General Artigas; en la Sala Uruguay; en la Sala de Materiales Especiales y en el Archivo Literario de la Biblioteca Nacional en Av. 18 de Julio 1790, Montevideo.

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  • Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria - Minuta de Inmuebles

    https://www.gub.uy/tramites/registro-propiedad-seccion-inmobiliaria-minuta-inmuebles

    Se trata del ingreso a la  Dirección General de Registro de COMPRAVENTA, PROMESA DE COMPRAVENTA o HIPOTECA de Inmuebles, sobre la base de un documento portante (primera copia de escritura pública, primer testimonio de protocolización, certificado de resultancias de autos, reserva de prioridad, documento privado, oficio judicial, resolución administrativa).

    Para el ingreso al Registro de estos actos, se deberá completar el formulario de Minuta Digital de Inmuebles, ya que de acuerdo al artículo 92 de la ley 16871, los actos y negocios jurídicos que se presenten a inscribir, cualquiera sea la forma del documento que los contenga, deberán estar acompañados de minuta con los datos y las copias que el reglamento determine, mediante la minuta digital en este caso.

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