Guía de Buenas Prácticas en Establecimientos Avícolas - Versión 1 - Julio 2025

7.12. Procedimiento de trazabilidad

Objetivo: Elaborar un procedimiento detallado que describa el sistema de trazabilidad implementado en el E.A., el cual debe desarrollarse en el marco del SMA. Se sugiere que el documento detalle las actividades específicas necesarias para identificar y rastrear de manera efectiva el recorrido de las aves, incluyendo el final de su ciclo productivo y/o los huevos destinados a consumo. 

Alcance: Todos los E.A. 

Sector: Todos los sectores 

Responsabilidad: Productores y propietarios de las aves 

Desarrollo: Se debe describir cómo opera el sistema de trazabilidad implementado en el E.A., especificando su alcance, las distintas etapas del proceso, los mecanismos de identificación y los registros que forman parte del sistema. Además, se debe incluir la definición de "lote trazable”.

Registros: Se deben mantener registros que permitan la identificación y el  seguimiento de los movimientos de los productos (aves/huevos) a lo largo del proceso de producción en el E.A. Esto incluye la conservación de los registros obligatorios generados por el SMA, así como aquellos establecidos por el E.A. para garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos. 

En la página web del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) del MGAP se encuentra toda la información necesaria para el registro en el SMA, así como un instructivo para el registro de los movimientos que corresponda según el tipo de establecimiento 

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