7.1. Datos de la empresa
- Registro y habilitación sanitaria de los Establecimientos Avícolas
En este punto se debe indicar la habilitación sanitaria otorgada por la DSA del MGAP y el número de DICOSE asignado por el Sistema de Monitoreo Avícola (SMA) del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG).
Se debe tener en cuenta que todos los E.A. deben estar habilitados por la DSA y registrados ante el SMA quien asignará un N° de DICOSE por productor (Decreto N°396/019).
El registro ante el SMA debe mantenerse actualizado y la habilitación sanitaria emitida por la DSA debe refrendarse anualmente, mediante certificado emitido por el Veterinario de libre ejercicio habilitado/ acreditado. El número de DICOSE debe indicarse con cartelería al ingreso a cada E.A.
Se sugiere indicar otras habilitaciones o certificaciones que presente la empresa, por ejemplo: ISO 22000, Free Range, etc.
Para el caso de las plantas de incubación se debe presentar el diagrama de flujo del proceso.
Para el resto de los E.A. se sugiere anexar los planos y el diagrama de flujo del E.A. que indique como mínimo el acceso y el recorrido de los animales, y del personal por las distintas áreas.
