Preguntas Frecuentes

¿Debo inscribirme como Sujeto Obligado y actualizar los datos?

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 92 del Decreto N°379/018 de 12 de noviembre de 2018 los sujetos obligados por el artículo 13 de la Ley N°19.574 de 20 de diciembre de 2017 tienen la obligación de inscribirse ante el registro de SENACLAFT, con excepción de los mencionados en los artículos 96 a 99 del Decreto (pero respecto de los cuales la Senaclaft podrá requerirles directamente toda información que entienda necesaria para el cumplimiento de sus cometidos). Por su parte, el artículo 93 del Decreto citado establece que los sujetos obligados deben mantener actualizados los datos proporcionados informando cada modificación dentro de los treinta (30) días de producida. Es dable destacar que este artículo es de aplicación a todos los sujetos obligados, incluso los indicados en los artículos 96 a 99 del Decreto N° 379/018.

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