¿Si soy Sujeto Obligado de Zona Franca debo inscribirme? ¿Si no estoy en el listado que se envió que debo hacer?
De acuerdo a lo previsto en el artículo 97 del Decreto N° 379/018, los explotadores y usuarios directos e indirectos de Zona Franca no requerirán inscribirse directamente ante Senaclaft. Sin perjuicio de ello, Senaclaft podrá requerirles directamente información que sea necesaria para el cumplimiento de sus cometidos, por ejemplo, los datos de su oficial de cumplimiento para incorporarlos al Registro.
Asimismo, le es aplicable el artículo 93 del mencionado Decreto, que refiere a la actualización de los datos, con lo cual el sujeto obligado, advertido de su no inscripción deberá comunicarlo a Senaclaft.