Trámites
Solicitud de copia de planos
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-copia-planosIniciar Trámite en Línea : Solicitud de copia de planosEs un trámite que permite obtener una copia de planos del archivo de la Dirección Nacional de Bomberos, siempre que existan antecedes de habilitación del local.
Solicitud de corte de OSE
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-corte-oseIniciar Trámite en Línea : Solicitud de corte de OSELos locales que cuentan con aprovisionamiento de agua con alimentación desde la red pública, pueden solicitar el corte de servicio a través de la página web de la Dirección Nacional de Bomberos.
Solicitud de homologación de materiales
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-homologacion-materialesIniciar Trámite en Línea : Solicitud de homologación de materialesEste trámite permite ingresar solicitud de homologación de materiales para protección y prevención de incendios.
Solicitud de información de SIDECO (Servicio de Identificación Confirmada)
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-informacion-sideco-servicio-identificacion-confirmadaIniciar Trámite en Línea : Solicitud de información de SIDECO (Servicio de Identificación Confirmada)Es un servicio que ofrece la Dirección Nacional de Identificación Civil a las empresas que solicitan las confirmaciones de identidad.
Solicitud de libertad anticipada
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-libertad-anticipadaMediante este trámite, la Persona Privada de Libertad (en adelante PPL) o en su defecto el abogado defensor a través de nota o escrito, puede solicitar que se le otorgue el beneficio de la Libertad Anticipada previsto por el Artículo 328 del Código del Proceso Penal, que implica la excarcelación del privado de libertad.
A la Libertad Anticipada, pueden acceder aquellas PPL con sentencia firme (penados o condenados según el Código del Proceso Penal) que se encuentren cumpliendo reclusión.
Se trata de un trámite cuyas primeras etapas se realizan en el ámbito del Instituto Nacional de Rehabilitación (antes Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación) o de la Jefatura de la cual dependa el Unidad Penitenciaria o donde se encuentre recluido.
Una vez concluido el informe de conducta, se remitirá al ámbito del Poder Judicial (específicamente al Juzgado donde se tramitó la causa) donde finalmente, luego de varias diligencias internas, la Suprema Corte de Justicia resolverá sobre su otorgamiento.Solicitud de parte de Siniestro de Tránsito sin Lesionados.
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-parte-siniestro-transito-sin-lesionadosSe solicita copia del parte del siniestro de tránsito.
Solicitud de pasaporte
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-pasaporteIniciar Trámite en Línea : Solicitud de pasaporteEs el documento que acredita la identidad del titular y lo habilita a viajar según normas establecidas en convenios internacionales.
Solicitud de profesionales amparados en la ley N° 16.736 Art. 151
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-profesionales-amparados-ley-ndeg-16736-art-151Iniciar Trámite en Línea : Solicitud de profesionales amparados en la ley N° 16.736 Art. 151Es un trámite de solicitud de información total o parcial del número de documento de identidad, nombres, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, sexo y nacionalidad, que se brinda a profesionales abogados, escribanos y procuradores.
Solicitud de salida transitoria
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-salida-transitoriaMediante este trámite la Persona Privada de Libertad (en adelante PPL) personalmente o por intermedio de su abogado defensor, puede solicitar el otorgamiento del beneficio de Salidas Transitorias.
De accederse, podrá egresar en forma temporal de la Unidad de Internación donde se encuentre alojado por disposición judicial fundamentándose en motivos sociales (acercamiento familiar, cumpleaños, etcétera), por motivos laborales o motivos educativos.
La Salida Transitoria durará el tiempo que el Juez de la causa autorice, con un máximo de 72 horas semanales, que podría ampliarse en el caso de que el motivo del otorgamiento sea trabajo y/o estudio.
En cuanto a las condiciones de seguridad, estás serán: mediante custodia - nunca uniformado -, tuición de otro ciudadano, o bajo declaración jurada de la PPL de cumplir con las obligaciones previstas por la ley o aquellas que el Juez de la causa considere pertinentes.
Se trata de un trámite cuyas primeras etapas se realizan en el ámbito del Instituto Nacional de Rehabilitación para posteriormente remitirse los informes del caso a la sede judicial correspondiente para que resuelva al respecto.
Solicitud de servicios especiales contratados - artículo 222
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-servicios-especiales-contratados-articulo-222Iniciar Trámite en Línea : Solicitud de servicios especiales contratados - artículo 222Es la posibilidad de contratar diferentes modalidades de servicios que brinda la Dirección Nacional de Policía Caminera, al amparo de lo establecido en el Artículo 222 de la Ley 13.318, Artículo 99 de la Ley 16.226, Decreto 105/71 y demás disposiciones complementarias.
Estos servicios se agrupan en tres modalidades:- En instalaciones.
- Custodia de valores.
- Seguridad vial.